30 de septiembre de 2005

El extraño caso de la demanda aparecida (3. Y se despachó a gusto)

Nos habíamos quedado en que, según la demanda, los artículos de Cavanilles habían causado un grave descrédito en la imagen pública del pobrecito Amorós. Ahora bien, ¿cuáles son esos artículos? De eso se ocupa en primer lugar el Hecho


TERCERO.

Que nos explica que el 28 de noviembre de 2004 "El Mundo" publicaba sendos artículos de Cavanilles titulados "El consistorio y un cazafantasmas alicantino falsificaron las nuevas Caras de Bélmez" y "Los caras de Bélmez se defienden". El primero de ellos se encuentra en la edición web del periódico, pero el segundo no. Sin embargo, quien quiera leerlo puede encontrar los dos artículos juntos en la web de Editorial Bitácora.

En estos artículos, dice la demanda,

su autor, Don Javier Canavilles, vierte una serie de manifestaciones completamente discordantes con la realidad objetiva y cargadas de contenido insultante en la persona del demandante. El escritor codemandado se despacha a gusto en toda la extensión de los textos divulgados, tanto en la trayectoria del agraviado respecto al ejercicio de los menesteres de la entidad que preside, cuanto en la manipulación de las manifestaciones realizadas por las fuentes citadas. Así, Don Javier Canavilles tilda de impostor al actor, altera las declaraciones de terceros y genera al lector la creencia de que Don Pedro Amorós Sogorb engaña para obtener contrapartidas económicas.


¿Es cierto eso? ¿Tan malísimo ha sido Cavanilles? Probablemente la mejor forma de determinar si la cosa es para tanto sea analizar los artículos en cuestión. Y como la demanda no nos aclara cuáles son esas

manifestaciones completamente discordantes con la realidad objetiva y cargadas de contenido insultante


intentaremos deducirlas nosotros.

La primera de ellas puede ser eso de llamar al pobre Amorós "cazafantasmas". Un insulto terrible, vamos: seguro que por decir eso a Cavanilles los Reyes Magos le habrán traído carbón estas Navidades.

Claro que no sólo a Cavanilles. Una búsqueda en Google de las palabras "Amorós" y "cazafantasmas" nos da más de 476 entradas. Y aunque muchas de ellas sean repeticiones del artículo original o aparezcan sólo porque la web contiene ambos términos pero no los relaciona, lo cierto es que algunas son francamente curiosas. Pero la mejor de todas no aparece en Google: se trata de la web del programa "Entre dos mundos", dirigido por Manuel Capella, vicepresidente de la SEIP (bueno, de la AEIP). No, no busquen la página principal web porque curiosamente ha desaparecido. Lo que pasa es que como para eliminar una web no basta con cambiar el "home", sus contenidos siguen estando ahí. Y entre ellos el apartado "nuestras fotos", en el que aparece, cómo no, una fotografía de Pedro Amorós con el siguiente pie:

"El Presi" y su inseparable pipa... siempre a la caza de ..... pasa el ratón


Pues eso, eso, pasen ustedes el ratón por la fotito.

En fin, se supone que si en una web que se encuentra (o encontraba) bajo la responsabilidad del vicepresidente de la SEIP, aparece una foto de su presidente en la que se le atribuye la condición de "cazafantasmas", la expresión no será tan injuriosa. Más bien parece una muestra de ese cariño y aprecio que día a día se gana Amorós entre sus colaboradores, ¿no?

O sea, que esa no vale.

¿Más cosas? Quizá. Ya en el cuerpo del artículo, Cavanilles llama también "autobautizado investigador" a Amorós. Pero es que eso responde fielmente a la realidad, o al menos eso es lo que decía la demanda en el Hecho Segundo, ¿recuerdan? Sí, cuando decía que el estudio de la parapsicología no está avalado por ninguna titulación oficial. De lo cual se deduce que Amorós no tiene ningún título oficial de parapsicólogo (vamos, que tampoco tiene título oficial de parapsicólogo, si ustedes me entienden) y, por tanto, lo de "investigador" es porque se lo dice él. O sea, que tampoco hay insulto alguno. Otra que no vale.

En el artículo se menciona también el falso currículum de Amorós, pero francamente la expresión tampoco me parece insultante. Es más, lo que me parece es, sencillamente, inevitable. Se trata de su currículum, y es más falso que un euro de madera, ¿no? Luego, ¿cómo querían que lo llamara? ¿"Currículum excesivamente optimista"? ¿"Currículum un tanto infladillo"? Llamar falso a ese currículum es como llamar azul al cielo, verde a las hojas de los árboles, o falsas a las Caras de... bueno, a algunas Caras falsas que hay por ahí. O sea, que de insultante nada.

¿Qué más términos tenemos? Bueno, dice la demanda que

Don Javier Canavilles tilda de impostor al actor

pero la verdad es que la palabra no aparece por ninguna parte de los artículos. Y aunque quizá el contenido del artículo pueda sugerir al lector que, en efecto, Amorós es un impostor, de nuevo estamos ante una consecuencia totalmente inevitable: ¿cómo impedir que, a la vista de la información que aparece en el artículo, haya algún lector despistado que se quede con la impresión de que Cavanilles ha dicho que Amorós es un impostor? Si alguien como el autor de la demanda ha caído en este error, ¿qué se podría esperar de alguien que mirase al presidente de la SEIP con menos benevolencia que la que cabría suponerle a su letrado?

Pero la realidad es que no, Cavanilles no "tilda de impostor" a Amorós. En todo caso, se trataría de una conclusión de los lectores, pero nada más.

Y en cuanto a lo de "los caras de Bélmez"... pues la verdad es que, en vista de la información que se contiene en los artículos, resulta difícil imaginar otra forma de referirse a ellos...

Dice también la demanda que Cavanilles

altera las declaraciones de terceros

¿Es eso cierto? Pues va a ser que tampoco. "Terceros" que hayan hecho declaraciones, en este caso, serían tan sólo Paco Máñez y la alcaldesa de Bélmez. Y lo cierto es que Máñez ha confirmado repetidamente lo que se le atribuye en la entrevista, y que la alcaldesa también ha confirmado que dijo lo que allí se dice que dijo.

Por último, según la demanda, Cavanilles

genera al lector la creencia de que Don Pedro Amorós Sogorb engaña para obtener contrapartidas económicas

¿Y eso, es cierto? Pues tampoco, me parece a mí. La única mención al bolsillo de Amorós se refiere a que en la SEIP

un pomposo «Comité Internacional de Investigación» decide quién puede ingresar como miembro (previo pago de 30 euros)

Pero resulta que esa afirmación sólo puede entenderla como referida a Amorós quien sepa que, en efecto, tal y como consta en la web de la SEIP esa pasta hay que ingresársela no a la asociación, sino a Amorós en persona. Por lo demás, las otras menciones que podrían traerse a colación (que la SEIP fuera a encargarse de la gestión del "Centro de Interpretación de las Caras", que la asociación organice falsos cursos universitarios por internet, o que el propio Amorós haya escrito un libro sobre psicofonías) no dejan de ser hechos objetivos y fácilmente contrastables. De hecho, cualquiera que investigue un poco sobre la forma de actuar de la SEIP y de su presidente puede llegar a la conclusión de que si hay alguien que

genera al lector la creencia de que Don Pedro Amorós Sogorb engaña para obtener contrapartidas económicas
es precisamente... el propio Pedro Amorós.

¿Qué nos queda? Pues, la verdad, poca cosa. Lo único a lo que podríamos agarrarnos es de nuevo a lo que dice el título del artículo: que el Ayuntamiento y los cazafantasmas falsificaron las nuevas Caras. Y, ciertamente, el hecho de que uno abra un periódico y se tope con ese titular puede resultar un poco fuerte.

Lo malo es que, a la vista de la información contenida en los artículos (y, sobre todo, si uno se toma la molestia de contrastarla), quizá después de todo no sea "un poco fuerte". Es más: podría llegar uno a pensar que el titular es "un poco flojo" ;-)

28 de septiembre de 2005

El extraño caso de la demanda aparecida (2. El prestigito)

Dicho lo dicho (por ahora), sigamos nada menos que con el Hecho


SEGUNDO.

Hecho segundo que comienza con una curiosa afirmación:

La vigésimo segunda edición del diccionario de la Real Academia Española define el término paranormal como fenómenos científicamente inexplicables estudiados por la parapsicología. Del mismo modo, razona que la parapsicología alude al estudio de fenómenos como las teleplastias de cuya naturaleza y efectos no ha dado hasta ahora cuenta la psicología científica.


Y digo curiosa porque contiene un, digamos, error desde luego llamativo. Si acudimos al Diccionario de la Real Academia encontraremos que, en efecto, la definición de "paranormal" es esa (si bien con el significativo añadido previo "se dice de los..."; la RAE no termina de avalar la existencia de este tipo de fenómenos). Pero no ocurre lo mismo con la definición de "parapsicología", que según el Diccionario sería

Estudio de los fenómenos y comportamientos psicológicos, como la telepatía, las premoniciones, la levitación, etc., de cuya naturaleza y efectos no ha dado hasta ahora cuenta la psicología científica.


¿Observan la diferencia? Exacto. La RAE habla de telepatía, premoniciones, levitación y etc., pero no dice nada acerca de las "teleplastias", término que de hecho ni siquiera aparece en el Diccionario.

¿Se trata por tanto de un error, un lapsus del redactor de la demanda?

Pues puede que sí... y puede que no. Recordemos que el trasfondo de todo este asunto son las famosas "Caras de Bélmez", las pinturitas que el maguferío denomina... sí, precisamente así: "teleplastias". Una palabra que, por tanto, había que introducir en los comentarios acerca del objeto de estudio de la parapsicología, aunque fuera con calzador y, ejem, equivocándose un poco al transcribir del Diccionario. Total, nadie se va a enterar, puesto que como dice la demanda

También es un hecho notorio que en el sistema educativo español no consta homologado titulo oficial alguno que refrende la evaluación y superación de disciplina similar


De modo que no hay ninguna información curricular oficial que nos explique si, digamos, en la carrera de parapsicología el estudio de las teleplastias se imparte en segundo y tercer curso, con un total de tropecientos créditos y un período de prácticas en el que hay que conseguir dibujar una Cara de Bélmez a base de agua y aceite... ah, no, perdón, borren esto último. Dejémoslo en que las teleplastias son una parte fundamental de los estudios de parapsicología, aunque dichos estudios no sean oficiales. Lo cual, según la demanda

no significa que su estudio esté vedado o su práctica sea proscrita


Cosa desde luego innegable. Nadie puede proscribir que quien quiera dedique su tiempo y su esfuerzo a estudiar teleplastias, psicofonías o, ya puestos, el ritual de apareamiento de los pitufos o la doma y monta de los unicornios rosados de Ganimedes. El hecho de que sean solemnes gilipolleces... digo, el hecho de que lamentablemente no se trate de disciplinas académicas reconocidas oficialmente no quiere decir que no se puedan estudiar y practicar con toda la ilusión del mundo. Incluso desde la tierna edad de catorce años, que es cuando, según la demanda, Pedro Amorós comenzó a desarrollar sus "desempeños investigadores". Porque si Amorós, siempre según la demanda,

atesora más de 25 años en la exploración parapsicológica


y resulta que actualmente cuenta con 39 años... bueno, hagan ustedes mismos la cuenta.

En fin, que atendiendo a estas circunstancias, considera el redactor de la demanda que la falta de reconocimiento académico de la parapsicología no legitima ni mucho menos

toda serie de ataques o mofas degradantes por la prensa sin tener en cuenta los méritos personales y profesionales de quien lo ejerce.


En lo cual no podemos más que estar de acuerdo. Aunque, sinceramente, nos parece un poquito fuerte lo que la frasecita en cuestión viene a suponer: que, a sensu contrario, los ataques y mofas degradantes sí que estarían legitimados si se hacen teniendo en cuenta los méritos personales y profesionales de quien lo ejerce ¿No?

Méritos que, por supuesto, la demanda empieza a enumerar a continuación. Quizá por modestia, el escrito no incluye el impresionante currículum de Pedro Amorós que todavía circula por ahí. Y, probablemente por razones de espacio, tampoco llega al nivel de análisis que alcanzaron en sus investigaciones sobre este tema Mauricio-José Schwarz o el propio Javier Cavanilles. En su lugar, se limita a decirnos que

Don Pedro Amorós Sogorb es conocido en la comunidad estudiosa de fenómenos paranormales por ser pieza activa y pionera en el ámbito de las denominadas Psicofonías, debido a su larga dedicación profesional y empeño personal en esta materia. Fruto de ese prestigio son las numerosas intervenciones en programas de radio y televisión, sus publicaciones y las ponencias en los distintos congresos de periodismo e investigación sobre estas temáticas en atención a las demandas que se le han hecho llegar. Se aporta como DOCUMENTO N° 6 (portada del libro) y N° 7 el Heraldo de Castellón.


La primera parte del párrafo no tiene mucho comentario. Se trata de lo que se conoce como "afirmación de parte", es decir, algo que dice una de las partes porque le favorece, pero que no se acredita. Y es una pena, porque seguro que eso de que la dedicación de Amorós al estudio de las psicofonías sea "profesional" sin duda podría ser demostrado con el pertinente certificado de inscripción en el padrón de Actividades Económicas, por ejemplo. Pero el certificado se lo dejan en el cajón (seguramente el mismo en el que reposan su título de ingeniero informático, la acreditación de sus colaboraciones con organismos científicos, emisoras nacionales e internacionales de TV, o el carné de miembro del "Instituto SETI de la NASA"). Y lamentablemente, en lugar de tan reveladores documentos, los que adjuntan a la demanda más bien parecen desmentir eso del prestigio.

El primero de ellos, el Documento 6, es la portada de un libro. Pero no de un libro cualquiera, no: se trata nada menos que del celebérrimo "Psicofonías, ¿quién hay ahí?", cuyo análisis pormenorizado puede disfrutarse en el blog de Lola Cárdenas. No les estropearé la jugosa lectura de los comentarios de Lola, pero sí les adelanto que gracias a ellos comprenderán ustedes perfectamente por qué Pedro Amorós aporta al juzgado la portada del libro en lugar de aportar el libro entero: yo en su lugar tampoco me hubiese arriesgado a que a la juez se le ocurriera abrirlo.

El segundo documento es un reportaje publicado en noviembre de 2004 en el suplemento "DeDomingo" del diario "Heraldo de Castellón" (cuya web es de pago, así que no me da la gana enlazarla). Bajo el título "Sucesos paranormales", y a lo largo de una portada y dos páginas (y créanme ustedes que se hacen verdaderamente largas), "DeDomingo" nos ilustra sobre las investigaciones que la SEIP lleva a cabo, dice,

desde hace 14 años


¿Cómo dice usted? ¿Que no le cuadran las cuentas? ¿Que si la SEIP (bueno, la AEIP) se fundó en 1998, cumpliría catorce años en... 2012? Caramba, debe ser usted un auténtico detractor. ¿No estamos hablando de sucesos paranormales? Pues los años serán también paranormales. ¿O no? La prueba es que en el reportaje Pedro Amorós también afirma, respecto a las Caras de Bélmez, que

algunos miembros de la SEIP, a modo personal, seguimos el caso prácticamente desde su origen, en 1971


Si tenemos en cuenta que, calendario en mano, en 1971 Pedro Amorós tenía siete añitos, siete, estarán de acuerdo conmigo en que no pueden estar hablando de años normales. Vamos, o eso o que el nene era muy precoz.

En fin, les ahorraré más comentarios: con saber que la portada del reportaje consta de la afirmación acerca de los 14 años de la SEIP, y como fondo una divertidísima foto de un monje fantasmal, creo que pueden hacerse una idea clara de su contenido.

Esa es, pues, la medida del prestigio de Pedro Amorós: la portada de un libro perpetrado por él mismo, y un reportaje de prensa en el que el autor pone en boca de Amorós lo que incluso el más cándido de los admiradores del presidente de la SEIP tendría que reconocer como un montón de inexactitudes. Claro, así se explica que, como dice la demanda,

La forma en que se narra el contenido de los textos denunciados, en cuanto a los términos vejatorios consignados, así como la intención descalificadora del periodista que los publica, proyectando la idea a los lectores de defraudador en un clara desvinculación de la función periodística, han supuesto un gravísimo descrédito en la colectividad investigadora y un demérito en los particulares interesados en conocer más sobre hechos científicamente carentes de justificación, habiendo descendido su aceptación de un modo espectacular desde la fecha de la primera publicación hasta el día de hoy.


Y es que con unos méritos tan, digamos, endebles, hasta un soplo de leve brisa (la misma brisa fresca que tanta falta hace en las cosas internas de la SEIP) bastaría para derribarlos.

Derribo que para el demandante se acretida con un par de documentos más.

Uno de ellos, el número ocho, consiste en realidad en tres recortes periodísticos. Uno de un artículo del diario "La Opinión" (no se sabe cuál de ellos) que, sin duda, refleja lo informado por Cavanilles en sus artículos. De hecho, lo refleja hasta el punto de que es copia literal, palabra por palabra, de otro que publicó Cavanilles en "El Mundo" con esa misma fecha. Únicamente han cambiado el título (por el de "Un auténtico fraude") y la firma (que aparece como "redacción"; supongo que querrían decir "redacción de Javier Cavanilles" y sufrieron algún error tipográfico). Vamos, que más que repercusión de los artículos que motivan la demanda, habría que considerarlos como uno de ellos y haber metido en el fregado al diario "La Opinión".

Otro de los artículos es una columna de opinión publicada en "ABC" por Javier Reverte, y titulada "Las dos caras de un timo", quien cuenta muy bien de qué va la cosa, aunque omite dar nombres. Aquí sí que podría haber alguna influencia de los artículos de Cavanilles (es de 29 de noviembre, un día después de que Cavanilles publicara el suyo). A no ser, claro, que Javier Reverte se hubiese inspirado... en el de "La opinión" ;-)

Y el tercer recorte de prensa... ¡es mío! En concreto es una carta al director del "ABC" en la que un servidor comentaba la noticia aparecida uno o dos días antes (y que aún puede leerse, por ejemplo, aquí. Una carta que, por cierto, difícilmente podría haber recibido ninguna influencia de Cavanilles, dado que es de más de un mes antes de que Cavanilles publicase sus artículos. Calculen, calculen: mi carta sale publicada el 27 de octubre de 2004, y el primer artículo de Javier Cavanilles es de 28 de noviembre. De hecho, en aquella fecha mis únicas referencias eran lo que yo había podido ir descubriendo personalmente y lo que contó en su día Paco Máñez, pero difícilmente podría haberme influido lo que Cavanilles iba a publicar nada menos que 32 días después.

(Aunque, bien mirado, quizá debiera convencer a Javier de que se dejase ganar, dando por hecho que en efecto yo me basé en su artículo de un mes después, y luego nos repartimos entre los dos el premio de Randi).

Termina el Hecho Segundo de la Demanda (y terminaremos nosotros por hoy) citando otro documento, el número 9, que no está en las copias que circulan por la red sencillamente porque es la grabación de un programa de televisión, concretamente "7 días, 7 noches", de Antena 3 TV. Un programa que se hizo eco en varias ocasiones del supuesto fenómeno de las "Caras de Bélmez", con la presencia de Pedro Amorós. Sin embargo, la grabación corresponde sólo a uno de estos programas, en concreto aquel en el que Amorós agitaba ante las cámaras un papelito que, decía, era el famoso análisis del hormigón de la nueva casa (análisis del que por cierto no hemos vuelto a saber nada, que con tanto secretismo parece como si hubieran detectado con él la fórmula de la CocaCola o algo así). "7 días 7 noches" ha hablado de las Caras de Bélmez, decíamos, en al menos cuatro ocasiones. Siempre con ribetes bastante críticos hacia la hipótesis paranormal. Y un par de ellas, incluso, mucho antes de que surgiera la polémica de las "nuevas Caras" y se publicasen los artículos de Javier Cavanilles. ¿Por qué entonces escogen este único vídeo? ¿Quizá porque, de nuevo, se trata de lo único a lo que buenamente pueden agarrarse para fundamentar su tesis? ¿Quizá porque, con su rigor característico, los de la SEIP se han equivocado en el vídeo que le han suministrado a su abogado? ¿O quizá por alguna razón esotérica, incomprensible y muy, muy, paranormal? Misterio misterioso.

En fin, que de toda la prensa nacional e internacional, de toda la radio y televisión, el terrible desprestigio causado a Amorós por Cavanilles se mida con sólo tres recortes de prensa y un programa televisivo resulta cuanto menos decepcionante. Sobre todo si nos fijamos que el primero de los recortes de prensa (el de "La Opinión") se limita a copiar literalmente el artículo original de Cavanilles en el mismo día en que se publica éste. El tercero (mi carta) es anterior a los artículos de "El Mundo". Y el vídeo del programa de televisión no tiene nada que ver con el asunto. Total, que si nos atenemos a la demanda la única influencia negativa que sobre el prestigio de Pedro Amorós hubieran podido tener los artículos de Javier Cavanilles se reduce a la columna de Javier Reverte, una columnita en la que el autor ni siquiera se molesta en mencionarlo por su nombre.

Una influencia negativa muy pequeñita, me parece a mí. Difícilmente podría dañar el prestigio de nadie.

Salvo, claro está, que hablemos de un prestigio también muy chiquitín. Un "prestigito", o algo así.

Digo yo.

27 de septiembre de 2005

El extraño caso de la demanda aparecida (1. Los primeros hechos)

¿Se han bajado ustedes ya la demanda y la página que le faltaba a Lois. ¿Sí? Pues bien: abran primero la página perdida, que es donde empieza la acción. O sea, los

HECHOS

Hechos cuyo relato comienza con un "previo" que simplemente sirve de prólogo para asegurar que los artículos publicados por Javier Cavanilles le han hecho mucha pupa a Pedro Amorós, pero que de momento podemos saltarnos. Lo interesante de verdad empieza en el hecho

PRIMERO.

Dice la demanda que Pedro Amorós es miembro fundador y Presidente de la Comisión Gestora de, atención, la Asociación Española de Investigaciones Parapsíquicas. Repetimos: Asociación Española de Investigaciones Parapsíquicas. Ni "la Sociedad Española de Investigaciones Parapsicológicas", ni "El SEIP", ni gaitas. ¿Teníamos o no razón quienes asegurábamos que el SEIP no existía oficialmente?

La, digamos, AEIP, fue fundada el 8 de junio de 1998, tal y como se acredita con la correspondiente acta fundacional. Lo cual, por cierto, hace que nos llame la atención el cargo que ocupa Pedro Amorós: no es el Presidente de la asociación, sino el de su Comisión Gestora, cargo que no figura en los estatutos de la AEIP (que también se adjuntan a la demanda). En principio podría parecer que se trata de un cargo, digamos, provisional, algo así como el Presidente de la Comisión que va a poner en marcha la asociación (y que por eso se denomina "gestora") pero que luego debería ser sustituida por la Junta Directiva estatutariamente establecida. Pero claro, la AEIP no es una asociación normal, sino, ejem, paranormal, y su funcionamiento es también por lo tanto bastante paranormal. De modo que Amorós no sólo fue nombrado como Presidente provisional el 8 de junio de 1998, sino que se le confirmó el 10 de mayo de 2002, según un acta que también se aporta. No sabemos si sigue ocupando este cargo interino, ya que no se aporta ninguna otra de las actas de las Asambleas Generales que la AEIP, sin duda, está celebrando al menos una vez al año según sus Estatutos. Bueno, no, sí que se aporta otra Acta: la de 18 de diciembre de 1998.

Un acta cuyo texto es, por cierto, bastante divertido. En ella se citan los siguientes

Acuerdos tomados por unanimidad:

Primero.- La Asociación Española de Investigaciones Parapsíquicas, constituida en la localidad de Alicante se reúne para establecer el siguiente acuerdo.

Segundo.- Esta Asociación también podrá denominarse S.E.I.P, Sociedad Española de Investigaciones Parapsicológicas.

Tercero.- Quedando en la persona de D. Pedro Amorós Sogorb, en calidad de Presidente y en el ejercicio de su cargo, así como de la Comisión Gestora la facultad para asignar dicha denominación.


O sea:

- En primer lugar, se acuerda que los reunidos están reunidos para adoptar el segundo acuerdo. Groucho, no te metas, por favor.

- En segundo lugar, los reunidos deciden que la Asociación podrá llamarse también (ahora sí, por fin) SEIP, Sociedad Española de Investigaciones Parapsicológicas.

- Y en tercer lugar, los reunidos acuerdan que el Presidente y la Comisión Gestora podrán asignar (?) dicha denominación. No dice a quién o a qué podrán asignarla, pero, en fin, la podrán asignar.

En resumidas cuentas: como pueden ustedes comprobar, los reunidos se reúnen y deciden por su cuenta y riesgo adoptar una segunda denominación que, como puede comprobarse con una simple consultilla, no figura en ninguna otra parte más que en el ejemplar del Acta en que se adopta el acuerdo. Vamos, es como si mi mujer y yo nos reuniéramos y decidiéramos que nuestra calle se llama, no sé, de las "Caras de Bélmez". Pues igual: si no se registra, ese papel no sirve ni siquiera para lo que se están imaginando. Así lo reconoce implícitamente incluso el Letrado de Pedro Amorós, que se limita a decir que

La asociación en algunas de sus actividades también se denomina Sociedad Española de Investigaciones Parapsicológicas (S.E.I.P.) de acuerdo con lo establecido en la Asamblea General de 18 diciembre 1998 [la cursiva es mía]


Sí está registrada, en cambio, la AEIP. Y la resolución del Ministerio del Interior que aportan para acreditarlo nos permite, por fin, resolver otro misterio muy misterioso que nos tenía anonadados: de dónde viene la dichosa "Autorización Gubernamental Internacional 164/49", que ningún organismo oficial parecía conocer. Si se fijan en el detalle de la notificación del Ministerio



comprobarán que la AEIP está inscrita en el Registro de Asociaciones con el número 164149. Que algún ceporro confundió con 164/49. Quizá el mismo ceporro que quiso darse ínfulas rebautizando el número nacional de registro como "Autorización Gubernamental Internacional".

En fin, esto en cuanto al "Hecho Primero". Seguiremos informando.

El extraño caso de la demanda aparecida (Introducción)

Bueno, pues apareció la dichosa demanda. Sí, ya saben, la de Amorós contra todo el mundo mundial escéptico. O así, que decía nuestro amigo Bruno Cardeñosa. Si no la conocen aún, pueden descargarla de aquí, por cortesía de Lois. Y la página que le falta, de aquí, por cortesía mía ;-) Bájense ambos enlaces, que los van a necesitar. Porque, por supuesto, vamos a hablar un poquito de la famosa demanda.

Que ante todo es eso, demanda y no querella, como comentamos en su día. Una cosa es una cosa y otra cosa es otra cosa (y además, distinta), y en la demanda lo pone bien clarito: DEMANDA DE JUICIO DECLARATIVO ORDINARIO. Q.E.D.

Lo cual tiene su importancia. Ya lo veremos en su momento, pero básicamente supone que aquí no se juzga ningún delito ni nada por el estilo, sino simplemente si se considera que lo publicado por los demandados constituye una violación del derecho al honor, intimidad y propia imagen del demandante.

Que esa es otra (y ahora vamos con la chicha): el demandante y los demandados.

Como también comentábamos (no, si al final vamos a ser profetas y todo) demandante sólo hay uno: Pedro Amorós Sogorb. A título exclusivamente personal. No interponen la demanda ni la SEIP, ni el Ayuntamiento de Bélmez, ni los aguerridos magufos que tanto se han frotado anticipadamente las manos con la dichosa "denuncia", no: únicamente Pedro Amorós.

Y los demandados, por supuesto, tampoco son esa larga lista de la que tanto se hablaba, y que incluía a Paco Máñez, Mauricio-José Schwarz, ARP-SAPC y, en fin, poco menos que a todos los que alguna vez nos hemos atrevido a discrepar de la versión oficial que asegura que las caras de Bélmez son paranormales. No; se trata de Javier Cavanilles, los directores de "El Mundo" en sus ediciones nacional y de la Comunidad Valenciana, y las empresas editoras del diario y de su versión digital. Ni más, ni menos.

Bueno, sí, un más. También se incluye a

cualquier otra persona vecina (sic) que esta parte ignora en este momento procesal y de la que se averigüe a lo largo del procedimiento su participación en los hechos que en este escrito se describen como atentatorias contra los derechos de mi principal.

Lo cual es una claúsula de salvaguardia bastante usual y, todo hay que decirlo, bastante inútil: que a estas alturas vaya a aparecer otra persona implicada en los hechos de la cual aún no se tenga noticia resulta poco menos que inverosímil.

La demanda, en fin, está autorizada por un Letrado del Colegio de Abogados de Madrid (de quien, por cierto, no nos consta que haya incluido la preceptiva comunicación de ejercicio profesional en el ámbito de otro Colegio, en este caso el de Alicante), y se está tramitando en el Juzgado de Primera Instancia número 3 de San Vicente del Raspeig.

Hechas las presentaciones (aquí un demandante, aquí seis demandados, aquí unos amigos lectores), vamos con la chicha.

Una piedra en el camino...

Bueno, no fue una piedra, sino unas cuantas.

Y no estaban en el camino, sino en mi vesícula.

Y no me enseñaron que mi destino era rodar y rodar, sino que me dejaron unos días en la cuneta (¡y sin EstelCon, ay!).

Pero ya estoy aquí de nuevo.