20 de septiembre de 2006

Para Bruno con amor

Mi querido y admirado Bruno Cardeñosa:

De vez en cuando observo que en las listas de correo, artículos y demás, te da por llorar amargamente por el trato que dices que te damos los escépticos. Que si te hemos insultado, que si te volvemos a insultar... Has llegado a decir que te deseamos la muerte y que te sientes amenazado. ¡Pobrecito mío!

No, nada de eso. Te queremos mucho, de verdad. ¿Quién no podría enternecerse ante esos mensajes en los que nos comparas con ETA, dices que nos tienes muuuucho miedo y todas esas cosas? ¿Quién no se emocionaría al leer esos mensajes tuyos en los que dices que te insultamos y que somos unos fascistas, unos cabrones, unos hijos de puta y no sé cuántas cosas más?

Lo que pasa es que tienes un concepto muy equivocado de nosotros. Crees que te odiamos y no, en realidad es todo lo contrario: todos estamos de acuerdo en que eres imprescindible, en que sin ti el "mundo del misterio" sin duda ganaría en seriedad, pero perdería mucho en diversión. Pero mucho, mucho.

Por ejemplo. Ayer yo comentaba algunos de esos mensajes en los que te has despachado a gusto acerca de la Sentencia. Y añadía una serie de comentarios de mi cosecha que, la verdad, confieso que moderé bastante. Al fin y al cabo, a lo mejor te había entendido mal, o estaba yo especulando demasiado, o en realidad la cosa no era para tanto. O, en fin, incluso puede que estuvieras escribiendo bajo los efectos del "calentón" que debiste sufrir al enterarte del contenido de la Sentencia. Al fin y al cabo, sólo había pasado una semana desde que se notificó, y probablemente aquello no fuera tiempo suficiente para que te serenases un poco.

Y resulta que no. Que me equivoqué. Que lo que parecían ser insensateces propias de un arrebato momentáneo resultaron ser insensateces propias de... bueno, propias de tu forma de ser, por lo visto. Porque mira que lo que has mandado hoy... Lo reproduzco a continuación, íntegramente, y sólo lo interrumpiré párrafo por párrafo para ir comentando las jugadas. Aunque quien quiera puede prescindir de mis comentarios: el texto, la verdad, se comenta muy bien por sí sólo.

Dice así:

EL ESCÁNDALO DE LA SENTENCIA SOBRE BÉLMEZ

En 1998, un juez de Lleida exculpó a un violador porque la víctima solía llevar minifalda, lo cual fue considerado por el magistrado como una provocación que excusaba el delito. Poco después, en Barcelona, otro juez rebajó la pena a dos policías que habían violado a una niña de 13 años porque la pequeña no era virgen. Salvando las distancias y la gravedad del delito, desde luego distancias muy amplias, el pasado 11 de septiembre de 2006 una jueza de Valencia ejecutaba una sentencia similar al encontrar justificación a un hecho penado por Ley.


¡Toma ya! La comparación que haces se comenta por sí misma, la verdad. Y no creo que tenga mucha gracia. Pero sí que me ha hecho gracia eso de "salvando las distancias"; supongo que te referirás a los kilómetros que separan Valencia, donde tú colocas a la Juez, de San Vicente del Raspeig, provincia de Alicante, donde tiene su juzgado. Reconozco que es un ingenioso juego de palabras.

Porque, como ya te he dicho, te tengo mucho aprecio, así que no caeré en la tentación de pensar siquiera que también estás pez en geografía...


Insultar es legal
Y es que según las palabras de la magistrado, se interpreta que es lícito insultar, vejar, menospreciar, acusar de delitos y maltratar verbalmente a una persona si ésta se expresa sobre un asunto polémico, en este caso sobre las caras de Bélmez. Se trata de una de las decisiones más graves de la historia judicial reciente, ya que justifica insultar y acusar de delitos a cualquier persona que aborde un tema polémico aunque no se disponga de pruebas. Lógicamente, el Tribunal Supremo resolverá el entuerto, pues de no hacerlo legalizará el insulto y, evidentemente, los jueces de la más alta instancia judicial no se dejarán llevar por las múltiples coacciones que ha habido en este caso.


Vaya. Supongo, aunque cada vez resulta más difícil creerlo, que sigues refiriéndote a la Sentencia que resuelve la demanda de Amorós frente a Cavanilles. Bien, en tal caso, ¿dónde dice la Juez semejante cosa? Más aún: ¿dónde o cuándo ha acusado Cavanilles a Amorós de cometer algún delito? Hombre, sí, ya sé que según tu peculiar concepto del Derecho Penal, lo de "falsificar las caras" es acusar a alguien de un delito. Pero estamos hablando de una Sentencia que se ha dictado en el mundo real, el de verdad, no en tus fantasías. Y, en ese mundo real, ¿dónde ha acusado Cavanilles a Amorós de cometer delito alguno?

Y no es que no haya acusaciones de ese tipo en este asunto, no. Remontándonos atrás, podemos recordar todas esas ocasiones en las que no te cansabas de decir que Cavanilles había cometido un delito, que se le había denunciado, que la Fiscalía había encontrado indicios de delito en sus artículos... Si no fueras quien eres, sin duda estarías cometiendo un delito de injurias contra Cavanilles, y eso está feo, porque al pobre estas cosas le afectan mucho. Pero claro, viniendo de ti, es evidente que más que el ánimo de injuriar (que también), lo que te motivó a soltar esas cosas es tu absoluta ignorancia en materia de Derecho.

Que vuelves a demostrar ahora. Fíjate en lo que has escrito: que la Juez ha tomado "una de las decisiones más graves de la historia judicial reciente", que "justifica insultar y acusar de delitos a cualquier persona que aborde un tema polémico aunque no se disponga de pruebas"... Incluso aseguras que el Tribunal Supremo "resolverá el entuerto" porque sus Magistrados "no se dejarán llevar por las múltiples coacciones que ha habido en este caso". De lo que se deduce que estás acusando a la Juez de Instancia de haberse dejado llevar por esas supuestas "coacciones". ¿No te das cuenta de la gravedad de esas acusaciones? Bueno, ya, supongo que no te das cuenta. Pero cualquier persona que leyera esto podría pensar que realmente estás acusando a una Juez de dictar una resolución injusta a sabiendas. Y eso, mi querido Bruno, sí que sería un delito de calumnias.


En esta ocasión, el asunto sobre el que circulaban los hechos radicaba en Bélmez de la Moraleda (Jaén), en una de cuyas viviendas aparecieron hace más de tres décadas unas extrañas "manchas" en paredes y suelos. Periodistas y expertos de medio mundo pasaron por aquella vivienda para observar y analizar el fenómeno, ya que las "manchas" parecían perfectos rostros humanos. Los análisis descartaron de forma rotunda que se tratara de un fraude e incluso un notario impuso un precinto en la vivienda para conocer si, en ausencia de personas, el fenómeno seguía produciéndose. Y así fue. Llegaron a aparecer decenas de rostros. Pero con la muerte de la dueña de la vivienda en 2004, algunos estudiosos llegaron a pensar que el fenómeno desaparecería. No fue así. Es más, en la vivienda en la cual nació aquella mujer ­María Gómez Cámara­ empezaron a surgir nuevos rostros que, aunque menos aparentes que los anteriores, resucitaron la polémica.


Jo. A ver si va a resultar que tu ignorancia, tan polifacética, abarca también el asunto de las "Caras de Bélmez". Porque las tonterías que has juntado casi no caben en ese párrafo: que si las "manchas" en paredes (sic) y suelos "parecían perfectos rostros humanos", que si "los análisis descartaron de forma rotunda que se trataba de un fraude", que si durante el precintado notarial "llegaron a aparecer decenas de rostros"... Bueno, esto último sí que tiene algo de cierto: como cuenta el mismo notario, mientras la cocina estuvo precintada aparecieron nuevos rostros... en la habitación que María Gómez usaba como cocina mientras la suya estaba cerrada.

Mira Bruno, debes tener en cuenta que cuando escribes algo lo puede leer algún ignorante, sí, pero también puede leerlo alguien que no lo sea. Y si alguien que conozca mínimamente el timo de las Caras lee esto, resulta que quien queda como un memo eres tú. No me cansaré de repetirlo: si uno no sabe acerca de un tema, lo mejor es callarse la boca (¿cómo era aquello?... "más vale callar y parecer tonto que hablar y despejar cualquier duda", o algo así). Ya sé que en tu caso, por lo visto, eso implica que no deberías hablar sobre nada. Pero mejor eso que hacer el ridículo permanentemente, ¿no te parece?

Sin embargo, el 30 de noviembre de 2004, el diario "El Mundo" publica una noticia reveladora: "El ayuntamiento y un grupo de cazafantasmas falsificaron las caras de Bélmez para promocionar el turismo". La información firmada por Javier Cavanilles no contenía ninguna prueba, circunstancia que por su gravedad impulsó al presidente de ese grupo de "cazafantasmas" a interponer una demanda. Se trataba de Pedro Amorós, presidente del SEIP (Sociedad Española de Investigaciones Parapsicológicas), en quien se personalizaban esas acusaciones de fraude, formuladas con tanta rotundidad como carentes de evidencias por parte de Cavanilles.


¿Ves? ¿Ves a lo que me refería? Imagínate que alguien va y agarra "El Mundo" del 30 de noviembre de 2004. ¿Qué crees que pasaría?

Pues que se llevaría una desilusión, porque resulta que el artículo se publicó el 28 de noviembre (y esta vez, por mucho que te empeñes en demostrarme lo contrario, me niego rotundamente a creer que tampoco sabes manejar un calendario o leer correctamente una fecha; lo achacaremos a un simple despiste). Pero bueno, imaginemos que pilla el periódico del día 28 y lee el artículo. Por cierto, el título correcto es "Las nuevas caras de Bélmez fueron falsificadas por unos 'cazafantasmas' en complicidad con el ayuntamiento" (¡Vaya! A ver si de verdad vas a tener también problemas con eso de la lectura...)

Bueno, pues el lector leerá el titular, leerá el artículo, leerá también los razonamientos que acompañan el artículo... Incluso leerá las declaraciones de la alcaldesa. Y se encontrará con un buen montón de evidencias que respaldan las conclusiones de Cavanilles. De modo que probablemente un lector imparcial decidirá que la información es veraz, al menos en apariencia.

Y no te digo nada si a ese lector se le facilita la documentación que Amorós aportó al juicio...

Dicha demanda fue presentada en el Juzgado de Primera Instancia de San Vicente del Raspeig (Valencia) el 4 de febrero de 2005. Varios meses después, los demandados y el grupo que le apoyaba (Círculo Escéptico y Sociedad para el Pensamiento Crítico, conocidos ambos como ARP, Alternativa Racional a las Pseudociencias), seguía negando la existencia de la demanda por "intromisión ilegítima en el derecho del Honor, Intimidad y Propia Imagen", si bien, y tras numerosos retrasos, se celebró juicio el 2 de junio de 2006. Durante la vista, que apenas duró unas horas, el acusado admitió haber empleado adjetivos y calificativos insultantes contra Pedro Amorós. No obstante, se le acusó de estafador, falsificador, cazafantasmas, engañabobos y similares expresiones. Del mismo modo, los diferentes testigos y pruebas aportadas demostraron que, en ningún caso, el demandante había participado en una hipotética falsificación de las caras que, por otra parte, ninguno de los contrincantes probó en sentido alguno. Así las cosas, el juicio quedó visto para sentencia. Pero la jueza no debió asistir, o al menos, eso parece leyendo la sentencia.


¡Uf! Vaya manera de seguir metiendo la pata. Y no me refiero al comentario sobre que la Jueza no debió acudir a la vista del juicio, que se puede interpretar como un torpe intento de ironía por tu parte. Me refiero a... bueno, me refiero a que has conseguido meter más errores que frases, que ya es decir.

Algunos son bastante tontos, como que la demanda se presentó el 4 de febrero de 2005 (jo, pues sí que vas a tener problemas de lectura, hijo). La demanda se turnó el 4 de febrero, pero fue presentada el día dos, y parece mentira que yo, que soy "de los malos", tenga que corregirte a ti que tanto sabes y que además eres de los buenos.

También es bastante tonto eso de colocar a San Vicente del Raspeig en Valencia. Pero bueno, ya sabemos que eso de la geografía es tan complicado...

No, lo interesante son otras cosas. Por ejemplo eso de que "varios meses después, los demandados y el grupo que le apoyaba (...) seguía negando la existencia de la demanda". Pues no, y a este y otros muchos blogs me remito. Como puede observar cualquiera que sepa leer, lo que negamos y seguiremos negando es la existencia de la "denuncia" de la que hablábais tú, mi querido Bruno, o tu amigo Manuel Carballal. De la demanda sólo preguntábamos dónde estaba. O mejor dicho, dónde estaban, así en plural, esas demandas que, decías, habían interpuesto la SEIP y el Ayuntamiento de Bélmez contra Cavanilles, sí, pero también de Amorós contra Mauricio-José Schwarz. Hoy alguna duda ha quedado resuelta, evidentemente. Pero seguimos sin saber nada de esas demandas de la SEIP (que evidentemente no pudo interponerla por no estar legalmente constituida), del Ayuntamiento de Bélmez (sí, Bruno, ya sé que dices que está interpuesta y que nos vamos a enterar de lo que vale un peine; quiero decir que no tenemos noticias fiables sobre ella), o de Amorós contra Mauricio-José.

A lo mejor es que te has hecho un lío con tanta demanda, y denuncia, y querella, y todo eso. Como te ocurre cuando dices eso de "Círculo Escéptico y Sociedad para el Pensamiento Crítico, conocidos ambos como ARP, Alternativa Racional a las Pseudociencias". Uno podría pensar que cualquiera que esté en el mundillo sabrá que Círculo Escéptico y ARP-Sociedad para el Avance del Pensamiento Crítico son dos asociaciones distintas, y que las siglas ARP corresponden sólo a la segunda (aunque ya sin un significado concreto). Pero claro, como para ti todos somos "arpíos" sin más distinción y en un batiburrillo en el que además metes a la COPE, los que critican a Hugo Chávez, los que no se creen las tonterías que escribes sobre el 11-S, los "detractores" que han salido huyendo de la SEIP, los espectadores de "Tres solteros y un biberón", y hasta el chaval que te pegaba en el recreo cuando ibas al cole... Pues claro, luego te armas el follón que te armas.

De modo que no es nada raro que digas esas cosas sobre lo que demostraron o dejaron de demostrar las pruebas aportadas. En fin...


Un caso con prejuicio en toda regla
Existía un antecedente para intuir el resultado de la sentencia. Antecedente que, dicho sea de paso, constituía una grave amenaza para el sistema legal español. Y es que el demandante solicitó medidas cautelares para que mientras se producía el proceso no siguieran publicándose los calificativos que originaban la demanda. Tal cosa no se repitió por parte del demandado, aunque sí lo hicieron una legión de acólitos. Sin embargo, con más de un año de retraso llegó resolución a las medidas cautelares ­¡un año de retraso!­ y ésta fue en sentido negativo. Pero el pliego de dichas medidas cautelares señalaba que el demandado no había incurrido en ningún tipo de falta y que, como el demandante no tenía razón, no podía concederlas. Tal hecho ­y no hace falta ser docto en leyes­ constituía un prejuicio firmado por el mismo juzgado que debía efectuar el juicio, ¡asombroso!


¿Asombroso? ¡No, apabullante! ¡Estupefaciente! Vamos, un párrafo de lo más alucinógeno.

Vamos a ver, Bruno. ¿Dices que el hecho de que Amorós pidiera medidas cautelares "constituía una grave amenaza para el sistema legal español"? ¿En serio? ¿O lo es que durante el proceso Cavanilles no encontrase nada interesante que publicar sobre Amorós?

Porque vamos, no me puedo creer que lo que consideres "una grave amenaza" sea eso de que "el pliego de dichas medidas cautelares señalaba que el demandado no habia incurrido en ningún tipo de falta y que, como el demandante no tenía razón, no podía concederlas". Porque no es que no haga falta, como tú dices, "ser docto en leyes"; es que simplemente con ser capaz de desentrañar escritos del estilo de "mi primera cartilla" basta para darse cuenta de que lo que dices es, una vez más, un disparate.

El Auto (no "pliego", zoquete) que decide las medidas se puede consultar, por cortesía de Lois López, aquí, y, ejem, aquí. Y en él cualquiera que no haya sido expulsado del parvulario puede leer que la Juez no está "prejuzgando" nada. Está resolviendo única y exclusivamente sobre la medida cautelar, a tenor de lo alegado por cada una de las partes y la prueba practicada. Y si de esas alegaciones y esas pruebas la Juez ha estimado que "no existe en el caso que nos ocupa intromisión al derecho al honor, y además la adopción de la medida cautelar es indeterminada" y por tanto procede rechazarla, simplemente ha cumplido con lo que nuestro Ordenamiento Jurídico establece: que se debe evaluar la justificación y procedencia de la medida y decidir sobre la misma en consecuencia.

Lo cual no implica que el demandado haya incurrido o dejado de incurrir "en ningún tipo de falta" (las faltas se enjuician por la vía PENAL, hijo mío). Ni tampoco que "el demandante no tenía razón" en cuanto al fondo del asunto. Implica únicamente que el demandante no tenía razón en cuanto a la procedencia de la medida cautelar. O que no ha sabido justificar esa procedencia. O, en fin, a lo mejor las dos cosas. Pero nada más.

Lo que sería "una grave amenaza para el sistema legal español" sería que los jueces tuvieran que conceder las medidas cautelares simplemente porque el demandante las ha pedido, como parece que te gustaría. Vamos, así por su cara bonita.

Con criterio, y ante la inminencia de la vista oral, el demandado no solicitó la anulación de todo el proceso, pero desde el punto de vista de la lógica, el proceso quedó invalidado en ese preciso instante. Prejuzgar no es una buena conducta, pero cuando quien prejuzga es el juez que después debe juzgar la cosa alcanza cotas entre delirantes y atemorizantes sobre la indefensión de los ciudadanos. Además, existían otros elementos importantes, y es que trincheras próximas al demandado habían dado a conocer, en un ejercicio de ética dudosa, documentos judiciales relativos al caso que tenían por objeto hacer mella en la futura decisión de la juez. Crear un juicio paralelo en donde se expresaba de forma nítida cómo iban a ser los ataques que recibiría quien se atreviera a sentenciar o tan siquiera opinar a favor del demandado Y aunque elementos del propio Juzgado número 3 de San Vicente hicieron notar el malestar que estaba causando la situación por parte del entorno del acusado, a nadie escapa que esa presión provenía de un periodista alistado en un medio de comunicación muy próximo al poder en la Comunidad de Valencia y con extraordinaria tendencia a ejercer influencia en las directrices políticas. ¿Estaba viciando aquello la decisión de la juez? A tenor del resultado final, la respuesta parece clara.


A ver, Bruno, a ver. Recuperemos la calma. Porque la cordura parece difícil de recuperar. Dices que "desde el punto de vista de la lógica, el proceso quedó invalidado en ese preciso instante", porque "cuando quien prejuzga es el juez que después debe juzgar la cosa alcanza cotas entre delirantes y atemorizantes sobre la indefensión de los ciudadanos". Bueno, sí, la cosa empieza a alcanzar cotas delirantes, desde luego. Y deberían ser atemorizantes: no sé si te has dado cuenta, pero vuelves a acusar a la Juez de cometer un delito. Y de rebote incluso metes en el saco al Letrado de Amorós: si él hubiese apreciado semejante cosa y no se hubiese apresurado a presentar una querella o, como mínimo, una recusación de la Juez (o vaya, por lo menos un recursito de apelación frente al Auto resolviendo sobre las medidas), también estaría cometiendo un delito. Pero evidentemente él tuvo muchas más luces que lo que tú demuestras (cosa por otro lado nada difícil), y seguro que jamás se le pasó por la cabeza semejante estupidez.

Estupidez comparable a la de hablar de que "trincheras próximas al demandado habían dado a conocer, en un ejercicio de ética dudosa, documentos judiciales relativos al caso que tenían por objeto hacer mella en la futura decisión de la juez", y decir que aquello "estaba viciando aquello la decisión de la juez". Vuelves a acusar a Su Señoría de prevaricación, y a quienes hemos comentado algunas -sólo unas pocas- de las tonterías que Amorós ha ido cometiendo antes y durante el proceso, nos acusas de obstrucción a la justicia. ¿No te queda ninguna neurona que te avise del lío en el que te puedes estar metiendo?

Y encima pretendes dar lecciones de ética. Je.

Confusión sobre la demanda
La jueza del caso elaboró su sentencia antes de marcharse de vacaciones en agosto de 2006. Sin embargo, decidió no comunicarla hasta su retorno. En dicha sentencia, de cinco folios, apenas dedica un párrafo al objeto de la demanda. El resto del escrito, al margen de los farragosos elementos jurídicos, lo dedica a la exposición de hechos que no formaban parte del juicio ni del objeto de la demanda, el cual tampoco queda bien especificado en la sentencia. Por ejemplo, consideraba que el periodista difamador no incurría en nada inveraz al señalar que el SEIP no existía legalmente. De hecho, estaba registrado con otro nombre muy similar, aunque en sus estatutos se establecía en el registro que utilizará el nombre de SEIP. Sin embargo, la demanda no la presentaba el SEIP, sino Pedro Amorós. En términos comparativos es como condenar a alguien por asesinato porque aunque se ha demostrado que no asesinó, pero sí conoció a una persona que una vez cometió un robo. Por desgracia, no es una exageración. Ha sido la Justicia quien ha determinado algo así. Y es que ese asunto en el que se fundamenta la jueza no tiene nada que ver con el objeto de la demanda.


Bueno, Bruno, esto ya es patético. ¿De modo que la Juez decidió comunicar la sentencia después de las vacaciones? ¿Encima la acusas de desidia? Sí, está claro que la Sentencia te ha sentado como un tiro, pero creo que te estás pasando con la rabieta. Ten en cuenta que el cabreo puede perturbar la capacidad de raciocinio, y si en circunstancias normales no la tienes muy allá, en ese estado de tensión te hace decir auténticas barbaridades. Como el ejemplo que pones sobre la existencia de la SEIP: "en sus estatutos se establecía en el registro que utilizará el nombre de SEIP". Vale, te reto a que digas en qué parte de sus estatutos o en qué registro se decía eso. Pero hombre, ¿no ves que todo el mundo ha podido leer los documentos que te dejan como un embustero?

Respecto al objeto de la demanda, la jueza del caso determina que las caras de Bélmez son un asunto sobre el cual "hay opiniones enfrentadas" aunque admite que no es objeto de ella "pronunciarse sobre la realidad o no del fenómeno" (¡faltaría más!). Así, por tanto, establece que "es fácil extraer las conclusiones que efectuó el periodista" ya que es un tema en el que además "la sociedad es vulnerable y suceptible de ser engañada". Es decir, la jueza reconoce que es un tema polémico, considera que no está cerrado y que, por dicha razón, en consecuencia, según se deduce de su texto, es lícito insultar y acusar de fraude al demandante, si bien la jueza contradice al periodista al no calificar como insultos los proferidos en el periódico citado, pese a que dicha persona reconoció haberlos efectuado durante su declaración. Además, en la sentencia establece la jueza que hubo cierta ironía por parte del periodista al acusar de falsificador y estafador, pero este valoración se trata únicamente de una argucia para intentar "colar" como opiniones los insultos. En ello se basa para no entrar a sopesar la inexistencia de ninguna prueba que sostenga las afirmaciones de Cavanilles. Ni un solo documento, ni un testimonio, ni un descubrimientoŠ Nada de nada. La jueza lo admite, pues considera que fueron "fueron ideas o pensamientos" (pese a que llamó al demandante estafador, falsificador, farsanteŠ), lo que por tanto no es punible porque a entender de la jueza esa libertad de expresión incluye proferir esos calificativos en circunstancias concretas, como puede ser el caso de Bélmez.


Según tú, "la jueza reconoce que es un tema polémico, considera que no está cerrado y que, por dicha razón, en consecuencia, según se deduce de su texto, es lícito insultar y acusar al demandante". Hombre, aceptaría que hubieses puesto algo así como "según deduce Bruno Cardeñosa de su texto", porque quizá fuera verdad: que tu capacidad deductiva no dé para más y sinceramente creas haber leído tal cosa. Pero no insultes al resto del mundo presuponiéndole las mismas carencias intelectivas. La Juez lo que afirma es que tratándose de un tema discutido, "ni el demandante es en modo alguno el legitimado para ejercitar su defensa absoluta (...), ni el demandado puede ser acallado en su deber de información". Vamos, que si Amorós tiene derecho a intentar que creamos que las Caras de la nueva casa son auténticos fenómenos paranormales, Cavanilles tiene exactamente el mismo derecho a decir que no se lo cree.

Y a decir las razones por las que no se lo cree. Tú hablas de "insultos" y hasta de "la inexistencia de ninguna prueba que sostenga las afirmaciones de Cavanilles. Ni un solo documento, ni un testimonio, ni un descubrimiento. Nada de nada". Es más, dices que "La jueza lo admite, pues considera que fueron 'ideas o pensamientos'". ¿Pero de verdad crees que eso va a colar? ¿No te das cuenta que alguien puede tener la tentación de cotejar lo que dices con lo que realmente dice la Sentencia y encontrarse con que la Juez menciona una serie de datos "debidamente contrastados y acreditados", como son "las conversaciones con el Ayuntamiento de Bélmez para hacerse cargo de la casa y comercializar el fenómeno con el fin de fomentar el turismo en la zona, la negativa de los hijos de la dueña a vender la casa, etc." ¿Y dices que eso no ha sido probado, cuando consta por todas partes en declaraciones de los propios hijos de María o de la Alcaldesa de Bélmez? ¿También los estás llamando mentirosos? Hombre, eso de "yo contra el mundo" es muy atractivo para un adolescente, lo comprendo. Pero es que tú vas ya por el "yo contra absolutamente todo el resto del mundo".

Caso abierto: el derecho al honor está en juego
La lectura es fácil. Si la sentencia de la jueza fuera firme ­afortunadamente no lo es­ quedaría legitimado todo tipo de insultos y calificativos hacia algo o alguien, siempre y cuando el tema sea polémico y no esté clarificado, ya que se trata "de acontecimientos en absoluto resueltos". Es decir, yo puedo llamar a "X" asesino, estafador, criminal o ladrón siempre y cuando el tema en litigio sea polémico; por mucho que no ofrezca pruebas, puedo hacerlo. Así de sencillo. Palabras como estafador o falsificador pasan a ser sólo opiniones si el objetivo de esos insultos es una persona que aborda un tema polémico. Afortunadamente, queda el Tribunal Supremo para el recurso aunque, antes, el escrito, ya preparado por los defensores de Pedro Amorós, deberá volver a la misma jueza, que tendrá que consolidar o no sus primeras apreciaciones. Sin embargo, desde el punto de vista actual, la sentencia es casi un regalo para los defensores de Pedro Amorós ­podría pensarme incluso, en descarga de la jueza, que por temor a la relevancia pública de su sentencia y en previsión de críticas en los medios de comunicación ha decidido lavarse las manos con una sentencia salomónica que facilitara el recurso de los abogados, para que, intencionadamente por parte, de ella otra instancia más impersonal dejara las cosas en su sitio­ que ahora tiene en sus manos todos los argumentos para que se sentencie a su favor. No hacerlo estaría al margen de los valores democráticos.


Pues sí, Bruno, como tú dices, "la lectura es fácil". Te animo a que intentes aprender a practicarla con corrección. Ni tú, ni Cavanilles, ni yo podemos llamar a "X" asesino, estafador, criminal o ladrón, sin haberlo contrastado debidamente. De hecho, ni Cavanilles ni yo ni, aunque te parezca asombroso, tú, podemos acusar a nadie de haber cometido un delito sin pruebas. Que es lo que haces constantemente a lo largo de este escrito. Te repito que comprendo perfectamente tu rabieta, pero siempre es más recomendable la tila que dar rienda suelta a esa irrefrenable afición tuya a meter la pata.

Porque mira qué cosas te hace decir la rabia: "queda el Tribunal Supremo para el recurso aunque, antes, el escrito, ya preparado por los defensores de Pedro Amorós, deberá volver a la misma jueza, que tendrá que consolidar o no sus primeras apreciaciones". En primer lugar, querido Bruno, el Tribunal Supremo está arriba. Muy arriba. Tanto, que no conoce de los recursos contra las resoluciones de los Juzgados de Primera Instancia; para eso está la Audiencia Provincial. Y luego, si se cumplen una serie de requisitos, se puede acudir al Tribunal Supremo. Entiendo que quizá te haya traicionado el subconsciente, y lo del Tribunal Supremo se te haya escapado porque en el fondo también esperas que Amorós pierda el recurso ante la Audiencia. Pero tienes que fijarte un poquito más en lo que escribes, que a veces se te ve el plumero. Quiero decir, que a veces se te ve más aún el plumero.

Y no lo digo por lo de dar pistas al enemigo. Ya se te habían escapado algunas cositas que ayudaban a suponer por dónde iría el recurso, y esa embarullada mención a que la Juez "tendrá que consolidar o no sus primeras apreciaciones" parece referirse a que antes intentaréis la vía del 215.2, lo que termina de confirmar lo que ya sospechaba: el recurso se basará (hablo en futuro porque dudo mucho que, como dices, esté ya redactado) en la cuestión de la congruencia. Pues muy bien. Como te digo, ya me lo imaginaba. Y es una pena que se te haya ocurrido soltar hoy esta parrafada, porque sobre eso era sobre lo que pensaba escribir ahora... Pero bueno, quédese para otro día.

Pero, Bruno, vuelve a considerarlo. Estás diciendo que habéis presentado la solicitud del 215.2. Que, por cierto, no se llama "recurso"; con la antigua Ley de Enjuiciamiento Civil había alguna duda, así que se le llamaba "recurso impropio", pero la de ahora ya ni siquiera lo denomina así. Vale.

Lo que no sé es si te has dado cuenta de lo que eso significa: que como consideráis que la Sentencia está incompleta, váis a pedir que la Juez la complete. La Juez. O sea, la misma a la que has acusado de prevaricar, de haber prejuzgado el asunto, de haberse sometido a las presiones y las coacciones, de asustarse ante las privisibles críticas en los medios de comunicación y, en definitiva, de no atreverse a sentenciar conforme tú querías... Vamos, Bruno, ¿de verdad crees que la mejor táctica es poner a parir a la misma persona en cuyas manos vas a colocar tus esperanzas? ¿En serio?

No olvidemos que hasta la propia sentencia da la pista a los abogados de cómo tienen que actuar, pues recuerda el contenido del artículo 7.7 de la Leo Orgánica 1/82 en donde se califica como atentado contra el honor "la divulgación de expresiones o hechos concernientes a una persona cuando difame o la haga desmerecer de consideración ajena" o "la imputación de hechos y manifestaciones a través de acciones o expresiones que de cualquier modo lesionen la dignidad de otra persona". También la propia jueza recuerda que tiene rango constitucional "no ser escarniado o humillado ante si mismo o ante los demás". Ciertamente, si la jueza dice eso está dando la razón a Pedro Amorós, pero ha decidido no mojarse para evitar los problemas de opinión pública que le podrían generar el acusado y sus seguidores, que durante todo el proceso han efectuado intervenciones que harían pensar en las posibles calificaciones posteriores en caso de sentenciar a favor de Amorós. Y es que los jueces también son humanos.


Jo. Pues sí que estás tú espeso hoy. Cuando la Juez recuerda el derecho constitucional a "no ser escarnecido (¿"escarniado"? ¿de dónde te sacas tú eso?) o humillado ante los demás", no está dando pistas a los abogados de Amorós, que seguro que andan muchísimo menos despistados que tú y no las necesitan. Lo que está es exponiendo los fundamentos jurídicos de su sentencia, y en concreto los caracteres definitorios del derecho al honor. Y, a continuación, nos habla del derecho a la información y a la libre expresión de opiniones e ideas, para finalizar esbozando las solución a adoptar en caso de conflicto entre ambos derechos. Se trata de una sucinta lección que no te recomiendo porque evidentemente eres un caso perdido, pero que puede ser muy útil para quien quiera saber de qué va la cosa. O para quien quiera comprobar hasta qué punto estás faltando a la verdad.

Para lo que no sirve es, como dices, para dar la razón a Amorós, comentario tras el que vuelves a acusar a la Juez, literalmente, de dictar una resolución injusta a sabiendas de que es injusta, o sea, de cometer un delito de prevaricación. Un delito por el que tú podrías llegar a ser "acusado"; no como Cavanilles, al que nadie, por mucho que repitas la tontería, ha metido en un procedimiento penal. De modo que quizá deberías pensar que si, como bien dices (sí, por una vez dices bien), "los jueces también son humanos", a lo mejor sienten la misma compulsión que siente cualquier ser humano a defender su honorabilidad, especialmente cuando les están acusando de cometer un delito como haces con tanta reiteración.

Gracias al texto de esta sentencia, pese a todo, la victoria de Pedro Amorós está mucho más cerca. La moral ya la tiene. La legal, si hay cordura, en breve. Los mismos acusados son conscientes de ello. Por error, o con intención, el contenido de la exposición de la jueza ha sido un paso adelante. Y no poco está en juego. Como muchos investigadores y divulgadores de lo paranormal, el acusado sufre de forma permanente un acoso inmoral por parte de los grupos autodenominados "escépticos" (Evidentemente, no son escépticos, pero se califican como tal, únicamente se trata de bandas organizadas). Dicho acoso se convierte en insultos, amenazas, extorsiones, difamaciones, agresiones verbales, violencia expresivaŠ Una situación que se ha tornado en angustiosa y que el proceso iniciado por Pedro Amorós ­entre otros, defendido en ello por servidor y tristemente no siempre comprendido incluso por quienes son víctima de esos insultos de forma permanente, supongo que en parte tienen miedo, lo que es comprensible­ va a servir como primer paso en defensa de una dignidad que no se ha perdido, pero que así quieren hacerlo ver quienes aún siendo pocos hacen mucho ruido. La continua persecución iniciada por estos grupos ­entre quienes hay elementos que forman parte de los miembros de bandas de internautas y comunicadores que buscan involucrar al gobierno en el 11-M­; es más, en algunos casos son las mismas personas­ se escribe desde posiciones extremas. Lógicamente, hasta los jueces son seres humanos y también pueden ceder a este tipo de comportamientos. E incluso así favorecen que una instancia superior determine, lo que servirá para poner freno a la situación tan angustiosa de indefensión, miedo y coacción que sienten ­sentimos­ quienes entregamos nuestro afán a resolver asuntos incógnitos, una dedicación que debe estar protegida por las mismas leyes que las que protegen a otras personas. ¿Por qué hay que ser una excepción? No hay derecho a que nadie determine que nosotros no estamos protegidos porque estos temas son polémicos y objeto de discusión.


En fin, Bruno, ¿qué te voy a decir? ¿Qué se puede decir de esta cosa que has perpetrado como remate final?

Pues nada. Sólo reiterarte que te tenemos mucho cariño. Sí, nosotros, los integrantes de esas "bandas organizadas", te queremos muchísimo, y hasta te tendríamos presente en nuestras oraciones si no fuera porque, viendo cómo interpretas tú las oraciones cuando las lees, seguro que te harías un lío entre el sujeto, el predicado, las subordinadas y los aviones del 11-S. Crees que te odiamos, que sufres por nuestra parte un "acoso inmoral" con "insultos, amenazas, extorsiones, agresiones verbales, violencia"... Pero no es así, en absoluto. Te apreciamos tanto que unánimemente consideramos que, si no existieras, habría que inventarte.

Porque sin ti, ¿cómo nos íbamos a reir tanto?

13 comentarios:

  1. Anónimo4:48

    se ha despachado bien con la juez...

    ResponderEliminar
  2. Anónimo12:43

    Me ha gustado eso de los "asuntos incógnitos"; para mí constituye un asunto incógnito el de cómo algunos, aun disponiendo probablemente de cerebro, pueden sobrevivir sin utilizarlo para nada; y aun pueden escribir largas parrafadas. De todos modos, y desde un punto de vista técnico-jurídico, lo que yo veo es que la lista de correo en la que Don Bruno publica estas cosas podría constituir competencia desleal para los payasos de la tele.

    ResponderEliminar
  3. Anónimo13:12

    Fernadno, de mayor quiero ser como tú.

    ResponderEliminar
  4. Anónimo13:18

    Si estos señores tuvieran un poco de calma y leyeran la sentencia detenidamente no irían a la Audiencia. Se podrían ahorrar un ridículo espantoso y un dinerito que les vendría muy bien... aunque claro, ya se sabe que para ellos lo monetario es lo menos importante....

    ResponderEliminar
  5. Qué mal les sienta a los magufillos que les toquen el negocio, qué mal les siente el mundo real donde no pueden pasearse con el despotismo de caciques al que están acostumbrados en sus feudos sectarios, en los pueden callar o expulsar a quien quieran cuando quieran. Entonces llegan los lloriqueos mientras se finge ser un héroe de la libertad, las patéticas acusaciones de conspiración, de jueces prevaricando, de ataques a la democracia y demás delirios oligofrénicos. Pobrecitos magufos, que ven vulnerado su “justo derecho” a aprovecharse de la ingenuidad e ignorancia de la gente. Si es que los escépticos somos unos hijos de puta por informar de las estafas; auténticos ultraderechistas organizados, nazis, por atrevernos a hablar y criticar a los sinvergüenzas de siempre. Hay que ser subnormal...

    En fin, me voy a correos, que hoy me llegan los cheques de la CIA y el MOSAD por asesinar a unos ufólogos que habían descubierto que nuestros políticos son androides. Gracias por la entrada, Yamato, unas buenas risas siempre se agradecen mucho.

    (RAE: Oligofrenia. (De oligo- y el gr. φρήν, inteligencia).1. f. Med. Deficiencia mental.
    Subnormal.1. adj. Dicho de una persona: Que tiene una capacidad intelectual notablemente inferior a lo normal. U. t. c.)

    ResponderEliminar
  6. Dedica Yamato a Bruno:

    "Has llegado a decir que te deseamos la muerte y que te sientes amenazado. ¡Pobrecito mío!"

    No es inoportuno recordar que, hace unos meses, fue el mismo Bruno quien, con todas las letras y sin rodeos, escribió que les desea la muerte a los escépticos.

    ResponderEliminar
  7. Anónimo22:57

    Lo que nos ha hecho reir todo este asunto... ¡y lo que nos queda todavía! Y ya no pienso sólo en el recurso de Amorós.. ¿imagináis que un pajarito le fuera a la Juez con el cuento de las declaraciones (acusaciones) de Bruno? Sería un buen escarmiento, ¿no? (no debo ser malo, no debo ser malo...jeje).

    ¡¡Sigue así Yamato!!

    Un saludo.

    ResponderEliminar
  8. Ufff, que decir?... no se, gracias por este rato de risas sin par. Yo tb quiero ser como tu cuando sea mayor y ¿este Bruno, por donde se mueve? me muero por conocerlo XDDDDDD

    Que prenda...

    ResponderEliminar
  9. Con todo lo que ha aprendido el gran Brunete de Derecho últimamente seguro que él mismo ha redactado los documentos del proceso internacional (y multinacional) contra los editores de Perspectivas.

    Por cierto, ¿dónde está esa demanda? ;-)

    ResponderEliminar
  10. Anónimo10:13

    Enhorabuena Fernando, pero dudo mucho que la neurona atrofiada que tiene Burro Cardeñosa donde otros tienen el cerebro sea capaz de asimilar esto. Recuerda: "No intentes enseñar música a un cerdo, perderas el tiempo y cabrearás al cerdo"

    ResponderEliminar
  11. Anónimo14:49

    Lo de Bruno es lógica paranormal. Véase este diálogo ficticio entre un escéptico (E) y él (B):

    B: Te deseo la muerte.
    E: Bobo.
    B: ¡Uuh, me quiere matar!

    -- Pedro Gimeno

    ResponderEliminar
  12. Anónimo20:08

    Hoy nos podemos seguir divirtiendo en elmundo.es:

    http://www.elmundo.es/elmundo/2006/09/23/comunicacion/1159027408.html

    (...)
    "Además, quedó demostrado que Amorós utilizó durante años un currículo falso ya que se presentaba como ingeniero informático cuando sólo tiene estudios de Formación Profesional. Además, se demostró que la asociación que decía presidir, la SEIP, jamás había existido, pese a que se había cobrado durante años una cuota de ingreso de 30 euros. Finalmente, poco antes de concluir el proceso, decidió inscribirla.

    También se demostró que Amorós mentía cuando se presentaba como colaborador de la serie 'Expediente X', y que había vendido falsos títulos universitarios que, decía, estaban homologados por la Universidad de Cambridge."

    XD

    ResponderEliminar
  13. Anónimo23:07

    Bruno Cardeñosa aka "el agente Mulder Ibérico",que tío mas cutre.

    ResponderEliminar