23 de abril de 2007

El extraño caso del Hombre-Pez y el intrépido investigador

Hace ya diez años...

Hace diez años pasaron muchas cosas. Entre ellas, que mi admirado Xoan M. Carreira (autor también por ese entonces del utilísimo neologismo "magufo") reenvió a la lista de correo "Escépticos" un mensaje que había recibido ese mismo día, y que entre otras cosas decía que...

De vez en cuando uno pica en el quiosco y compra cualquier cosa con el deseo de cabrearse un poco y acelerar esa neurona que puede quedarse aletargada. Quiero referirme en el día de hoy a tres cuestiones particulares y hasta cierto punto personales publicadas en el número 5, año III, de la publicación citada.


(...)

2. "El hombre pez de Liérganes ¡Demostramos su existencia! de Iker Jiménez Elizari, la nueva gran mentalidad española, ya que como el mismo argumenta: D. Gregorio Marañón no tenía razón pero yo lo he corregido. Si es que alguna vez lee esto, dese cuenta de diversos hechos. Lo único que usted ha encontrado con cierta validez es un certificado de bautismo de Francisco de la Vega y punto, muy posiblemente coincida con él la historia señala. Pero aprenda a leer los documentos, atribuye un período de 97 años desde el nacimiento hasta su presumible fallecimiento (p. 76). En esa misma página reproduce, supongo que fidedignamente, el texto de la misa que le realiza el párroco donde cita ". habiendo pasado los cien años que el derecho supone haber fallecido por lo regular cualquiera racional ausente...", o sea que su deducción está equivocada. En ningún lugar desmonta usted el diagnóstico de Ictiosis defendida por el Dr. Marañón, casos similares se dieron en la historia y se han logrado confirmar gracias a estudios histórico—médicos, Le recomiendo acudir a un buen repertorio de bibliografía histórico—médica. Por otra parte, aunque no hubiera existido las malas condiciones históricas y sociales justifican la creación de estos mitos por parte de la población, el caso más significativo O menino da Rúa do Ouro (Lisboa). Los siguientes capítulos supongo que los dedicará al "pez obispo" y el "mono del mar", espero que antes de seguir con la serie se lea detenidamente la introducción del Libro de A. Pare Monstruos y Prodigios,( existe una edición crítica reciente en Siruela), del cual ha quitado las ilustraciones de las que no cita procedencia, y comprenda que eran representaciones de una mente atenazada por los revuelos culturales y sociales que existían en el momento. Si con un simple certificado de bautismo quiere hacernos creer la existencia de un hombre que vivía debajo del mar, creo que va usted dado, dedíquese a otra cosa y deje los trabajos de este tipo para especialistas en el tema. Por cierto, copia usted en mala forma los textos de Feijoo sin citar la fuente, ¿no podría ser usted algo más original?
Curiosamente, en aquella época moraba por la lista el propio Iker Jiménez. No, no me pregunten qué hacía allí; es un misterio misterioso de esos que saca en su programa.

Pero sea como sea, su presencia junto con la de ilustres colisteros de la talla del propio Carreira o de J. M. Bello hizo posible que finalmente quedase bastante claro el asunto del Hombre-Pez. O de los dos Hombres-Pez: el de Liérganes y el besugo que lo investigó.

Se cumplen como decíamos diez años de aquel suceso. Y aunque lo que yo conté entonces pueden leerlo aquí o aquí, creo que el aniversario bien merece una celebración por todo lo alto. Así que aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid y esas cosas, aquí tienen ustedes la renovada, corregida y aumentada historia de



El extraño caso del Hombre-Pez y el intrépido investigador
O de cómo unos escépticos desmontan un reportaje sensacionalista sin tener que levantarse del sillón.


Revista Enigmas del Hombre y el Universo. Año III, n.º 5. En la portada unas enormes letras anuncian


Se trata del aperitivo de un emocionante artículo en el que el periodista D. Iker Jiménez Elizari narra, con el rigor que le caracteriza, sus aventuras que culminaron en la demostración de la existencia del hombre-pez. Demostración que, ejem, también se produjo con el rigor que le caracteriza, como veremos.

El hombre-pez de Liérganes (y aquí sigo al propio Iker Jiménez) es una leyenda del Siglo XVII. En la localidad cántabra de Liérganes habría nacido Francisco de la Vega Casar, un extraordinario personaje que un buen día fue a darse un baño y desapareció sin dejar rastro. Hasta unos cinco años más tarde, cuando reapareció en aguas de Cádiz convertido en una especie de híbrido entre hombre y pez. Tras averiguar su origen, el hombre-pez fue conducido de nuevo desde Cádiz a Liérganes (bueno, aclaremos que fue conducido por tierra), población en la que permaneció durante algunos años hasta que, en 1682, volvió a echarse al agua desapareciendo de nuevo, esta vez para siempre.

La historieta no pasaría de ser eso, una simple historieta, si no fuera porque la "veracidad" del fenómeno vendría avalada incluso por la firma del padre Feijoo, incansable racionalista que, en su Teatro crítico universal, desmontó numerosas leyendas y supercherías aún vigentes en su época (primera mitad del Siglo XVIII), pero admitió la existencia del hombre-pez.

Partiendo de esa premisa, Iker Jiménez nos cuenta sus peripecias hasta lograr un preciado objetivo: encontrar las actas que demostrasen la existencia del hombre-pez. El periodista explica cómo, tras "dos jornadas de intensa búsqueda" del párroco de Liérganes, finalmente da con el sacerdote. Una tarea que debió ser fenomenalmente difícil, pues como dice el propio Iker
Caminando hacia la iglesia de San Pedro Ad Vincula me topé por fin con el esquivo párroco.
Claro; ¿Quién iba a suponer que el cura iba a estar en las proximidades de la iglesia?

En fin, el motivo de la búsqueda del sacerdote era ni más ni menos que pedirle noticias acerca de
la posible existencia de unas partidas bautismales que demostrarían la existencia del Hombre Pez
Pero -nuestro gozo en un pozo- resulta que el párroco no tiene los dichosos papeles. Con tono resignado, dice Iker, el cura le informa ue los papeles se encontraban probablemente
entre las húmedas paredes de un lugar poco apropiado para las indiscretas búsquedas de un reportero: las celdas de un monasterio de clausura.
¡Un convento de clausura, nada menos! Toda una contrariedad. Pero ¿iba a detener un detallito como ese a un intrépido investigador con chaleco y todo? Pues no. El propio Iker nos cuenta que
Apostando por aquella remota posibilidad de dar con las actas, como el que se aferra al último resto de un naufragio cuando el barco se hunde, pisé a fondo el acelerador para devorar los kilómetros que me separaban de un lugar al que tenía pocas posibilidades de acceder... si es que tenía alguna.
Vamos, que el muchacho agarra el coche y se va para el dichoso convento de clausura, a la sazón el de las Clarisas en Santillana del Mar. Donde, para abreviar, logra la proeza de convencer a la monja que le atendió en la puerta:
Mis reiteradas súplicas debieron de hacer efecto en el ánimo de sor Emilia Sierra. Era poco usual que un joven lleno de cámaras y cuadernos hubiese llegado hasta donde me encontraba. Pero mi visita era absolutamente necesaria, y así se lo intentaba hacer saber a la monja dialogando con ella casi a gritos a través de un pequeño agujero circular practicado en la puerta de madera.
Acojontante, ¿verdad? Total, que removiendo legajos y más legajos, interrumpiendo incluso la reunión que unos misioneros "mantenían en una estancia contigua" (más que un convento de clausura, aquello parecía el camarote de los Hemanos Marx), al final se obró el milagro: el tembloroso dedo de sor Emilia señaló un papel que llenó de emoción el ya emocionadísimo, como pueden imaginarse a la vista de los parrafitos que les he reproducido -y los que les ahorro- corazoncito de Iker.
¡Aquel legajo de valor incalculable era la partida de bautismo de Francisco de la Vega Casar, el Hombre Pez!
Y a esta partida de bautismo le sigue la de defunción, de manera que Iker Jiménez nos puede decir que
Los datos irrefutables estaban en mis temblorosas manos; nadie ya los podía negar. (...) El Hombre Pez vivió en aquellas remotas tierras y nosotros lo habíamos demostrado.
Iker Jiménez no aclara si las actas, a imitación de las momias egipcias, poseen una maldición que provoca en sus poseedores súbitos ataques de Parkinson (como diría un periodista de investigación, la coincidencia entre los temblores que aquejan a sor Emilia Sierra al encontrar las actas y los que sacuden las manos de Iker Jiménez al poseer en sus manos tan irrefutables documentos es muy significativa). Pero sí que deja claro que habían demostrado la existencia del hombre-pez (bueno, él lo dice con más mayúsculas, pero se me entiende, ¿no?

Aunque, bien mirado... ¿lo habían demostrado? El propio Iker Jiménez expuso su investigación y sus conclusiones en un foro público (la lista de correo escéptica). Dos ilustres miembros de la lista, D. Xoan M. Carreira y D. José M. Bello Diéguez dedicaron especial atención al reportaje, y a ellos se deben, fundamentalmente, los resultados que expongo a continuación.



El acta de bautismo... de Juan.

La "prueba de cargo" que demostraba, según el reportaje, la existencia del hombre-pez, estaba constituida por las actas de bautismo y declaración de fallecimiento presunto que el intrépido periodista había rescatado del convento de clausura. Y, en efecto, el reportaje mostraba una diminuta reproducción de ambas actas, acompañadas de sus supuestas transcripciones.



La primera de las actas (la de bautismo) era transcrita así:
Digo yo el B r Pº; de heras que oy a 22 de Otubre de 1658 anos Bautice a Franco. de la Vega hijo de Frco. de la Vega y de mª de Cassar su mujer fue su P.º el tal Frco. de heras y testigos el SR Reñada y el Sr. Pasqual de Macas y por ser así lo firmo Hurs ffr Pº de heras miera.
Una transcripción sobrecogedora y que explica los temblores de Iker, de Sor Emilia y hasta del hombre-pez. Aunque este último probablemente temblaría de la risa.

Y es que el escrutinio al que José María Bello y Xoan M. Carreira sometieron este documento demuestra varias cosas. Sobre todo, que gozan de una excelente vista ;-) Y también que Dios no ha llamado a Iker Jiménez al difícil arte de la paleografía. En resumidas cuentas, un atento examen del acta permite comprobar que el bautizando (que Iker Jiménez dice ser Francisco de la Vega) no es sino Juan de la Vega.

Aprovechemos que Iker Jiménez hizo caso omiso del sellito que ostentan las actas prohibiendo expresamente su reproducción, tiremos de escaner, y echemos un vistazo más detallado a la primera de ellas:


Si nos fijamos con atención (al menos, con más atención que la que por lo visto prestó Iker), resulta que este es el nombre del bautizado:

Nombre que se repite en la anotación marginal, con otra letra pero grafía similar:


Compárese esta abreviatura (que Iker Jiménez traduce como "Franco."; aunque creo que sin intencionalidad política alguna), con las dos veces que se menciona al padre y padrino de bautismo (abreviado como "Frco."):


Puede observarse como la "F" de "Frco." tiene poco parecido con la supuesta "F" que Iker Jiménez cree ver en el nombre del bautizado. Realmente, parece más bien una "J". Igualita que la otra "J" que aparece en el documento, en la palabra "hijo":

La conclusión parece evidente: el acta de bautismo es de alguien cuyo nombre se abrevia "Jnº". La misma abreviatura que puede contemplarse en algunas fachadas renacentistas (y aprovecho para recomendar la visita a la del ayuntamiento de Úbeda, en Jaén) y que corresponde al nombre de Juan. El acta de bautismo no es de Francisco de la Vega, sino de Juan de la Vega.

Esta es por tanto nuestra transcripción del Acta:
Digo yo el I Pº de Heras que oy a 22 de otubre de 1658 [sobreescrito con otra letra: "año"] bautice a Jnº de la Vega hijo de de Frco de la Vega y de Mª de Casar su muger fue su pº el sr Frco de Heras y testigos el sr Peñada y el sr Pascual de Macas y por ser asi lo firmo ?? sr Pº de Heras Miera.
Apostillado al margen y con distinta letra dice "1658 Jnº de la Vega", seguido de dos o tres palabras tachadas.

¿Que nuestra hipótesis es discutible? Bueno, pero es que hay más datos. Sigamos, sigamos.



El acta de defunción... que alguien retocó

El otro documento que nos muestra Iker Jiménez es aún más significativo, puesto que el propio cuerpo del artículo dice que se trata de "las notificaciones oficiales del fallecimiento de Francisco de la Vega, el denominado 'Hombre Pez' por el propio párroco" (el subrayado es mío).

Así que se nos vuelve a presentar otra pequeña reproducción de un acta, en este caso la declaración de muerte presunta de "Franco. y Joseph" de la Vega, en 1755.



La firma Fernando Antonio del Haro (no del Hoyo, como transcribe erróneamente Iker) Venero, párroco de Liérganes... quien no denomina "hombre pez" a nadie. Esta denominación aparece en una nota manuscrita al margen del acta, y escrita con una letra distinta de la del acta. Nuevamente tiramos de scanner y vemos cómo escribía el párroco...


Y cómo escribía quien apostilló el acta:

Puede observarse que la grafía es claramente diferente (salta a la vista sobre todo en las mayúsculas). Con algunos conocimientos de paleografía, puede determinarse también que, si la escritura del acta corresponde a la época en que está fechada (mediados del Siglo XVIII), la de la apostilla parece deberse más bien a principios del Siglo XIX... cuando ya había escrito su famoso tratado el Padre Feijoo. Así que ya tenemos la segunda conclusión: La apostilla que dice que el acta corresponde a "Francisco de la Vega, llamado el hombre pez" fue escrita cuando la leyenda del hombre pez ya era ampliamente conocida, y en todo caso mucho después de que se elaborara el acta de defunción. Lamentándolo mucho, el segundo documento de Iker Jiménez tampoco demuestra nada en cuanto al hombre-pez (en cuanto a ciertos métodos de "investigación periodística" sí que demuestra mucho, pero esa es otra cuestión).

Esta es por tanto nuestra transcripción de la segunda Acta:

En el lugar de Lierganes a primero de diciembre de mil setecientos cincuenta y cinco; habiendo pasado de los cien años, que el derecho supone haver fallecido por lo regular cualquiera racional ausente; yo Dn Ferndo Antº del Haro Venero cura beneficiado de dicho lugar, cumpliendo con la obligacion de cura; hice que los parientes de Franco y Joseph de la [sobreescrito con la misma letra: "Vega"] ausentes hiciesen una memoria por sus almas, como lo egecutaron en dicho dia referido y para que conste lo firmo en dicho lugr dia y año ut supra. Corrdo Franco y Jph int renglon Vega. Valga. M. Ferndo Antº del Haro Venero
Apostillado al margen y con distinta letra dice "Franco de la Vega llamado el hombre pez y Joseph su hermano".



Sostenella y no enmendalla.

Y, a todo esto, ¿qué opina el autor del reportaje? En varios mensajes a la lista Iker Jiménez se muestra convencido de la autenticidad de las actas, asegurando que sabe que el acta de bautismo es de Francisco de la Vega, como si conociera tal dato por revelación divina. Aunque luego aclara que la revelación es solo monjil (de sor Emilia Sierra). Pero es que llega incluso al extremo de apoyar su postura en algunos datos que no figuran en el reportaje, lo cual es una lástima porque también resultan muy esclarecedores. Así, en una respuesta a uno de los colisteros Iker Jiménez afirma:
YA TE HE ACLARADO QUE SE PERSEGUIAN LAS ACTAS; DE LAS QUE SE SABÏAN HASTA LOS BORRONES DE LA TINTA TAPANDO LA PALABRA HOMBRE PEZ; Y LA POSICION EXACTA DE LOS DOS BORRONES. YA TE DIJE QUE ESTA LABOR LA REALIZO EL PARROCO LIERGANENSE Y ASI LO DEJO ESCRITO; FUENTE DE LA QUE POOSTERIORMENTE BEBIO HERRAU VALDIVIESO.
YA TE HE DEJADO CLARO, EN DEFINITIVA, QUE TODOS PERSEGUIAN UN ACTA COONOCIDA Y DOCUMENTADA Y QUE SOLO YO LA HE LOGRADO PUBLICAR:
Como ves, amigo carreira, yo si que tengo todo perfectamente cklaro. El que pierde aceite cerebélico me parece que eres tú.
(Reproducción literal del mensaje de Iker Jiménez a la lista escépticos, 3 de mayo de 1997).

Es decir, que las misteriosas actas no eran tan misteriosas. ¿O será que, después de todo tendremos que contemplar la posibilidad de una revelación divina?

Por cierto que conviene aclarar lo de los "borrones de tinta tapando la palabra hombre pez". Iker Jiménez se refiere en concreto al acta de bautismo, y los esgrime como argumento de autenticidad. Lamentablemente para él, lo más probable es que sea todo lo contrario. Evidentemente, el mismo investigador que escribió lo del "hombre pez" en la declaración de fallecimiento cometió el mismo error que Iker Jiménez, y escribió al margen del acta de bautismo la identificación incorrecta. Sin embargo, el anónimo apostillante se dió cuenta de su error y tachó lo de "hombre pez" al darse cuenta de que el acta no era la del tal Francisco de la Vega.

Error que, por lo menos, nos permite desechar nuevamente la hipótesis de la revelación mística. Una lástima, ¿no?

Tenemos, pues, nuevas conclusiones: Que las misteriosas actas que "descubre" Iker Jiménez no eran misteriosas; habían sido descubiertas con anterioridad y descritas con todo detalle. Que quien descubrió las actas anotó al margen de las mismas que eran del "hombre pez", pero luego se dió cuenta de que el acta de bautismo no era de Francisco de la Vega, sino de Juan, y tachó la expresión "hombre pez". Y que Iker Jiménez no se dió cuenta de ese detalle, afirmando que está convencido -perdón, que "sabe"- que el acta de bautismo es de Francisco de la Vega.



Indiana Jiménez en busca del acta perdida.

Otro de los puntos que llaman la atención al leer el reportaje de Iker Jiménez es los caracteres casi épicos con los que narra su persecución de las esquivas actas. Es muy emocionante. Sin embargo, había un detallito que no cuadraba demasiado: su acceso a un convento de clausura. En efecto, el Código de Derecho Canónico (latino), en su canon 667, establece un régimen particularmente estricto para los conventos de monjas de clausura, hasta el punto de reservar al Obispo diocesano la facultad de permitir el acceso a tales conventos, y sólo "con causa grave y consentimiento de la Abadesa". ¿Obtuvo Iker Jiménez tal permiso? ¿Conculcó la afable sor Emilia Sierra los inapelables preceptos del Codex? ¿Y qué hay de los misioneros misteriosamente reunidos allí? ¿Habían justificado debidamente la causa grave que les llevó a interferir en la vida contemplativa de las clarisas? ¿Estarían conspirando para ocultar tan trascendentes documentos "de las indiscretas búsquedas de un reportero"?

¿O será que la historia fue un poco más prosaica?

Pues sí; los fanáticos del Doom pueden ahorrarse sus consejos a nuestro intrépido reportero, porque la historia fue mucho más prosaica. La foto que Iker publicó es desde luego impresionante, con sus rejas y todo eso, pero...



Pero resulta que los documentos se encontraban donde debían encontrarse: en el archivo diocesano de Santander, sito en un edificio anexo al convento de Clarisas de Santillana del Mar, y cuya archivera resulta ser sor Emilia Sierra. Iker Jiménez llegó cuando el archivo estaba ya cerrado y la amabilidad de sor Emilia no llegó al extremo de incumplir la clausura papal, sino tan sólo a franquearle el paso al locutorio del convento y ocuparse ella misma de la búsqueda de las actas. Así lo dedujeron los colisteros y así lo confirmó después Iker Jiménez:

A mi me avala la archivera del convento de clarisas, la descubridora de las dos actas, la experta que me verificó el asunto. ¿no quieren darse cuenta que fui yo el primero en hacer que Sor Emilia me demostrase la total autenticidad de las actas?¿ no quieren darse cuenta de que la principal verificación la hicimos cotajando los dos actas con las del resto de la familia? ¿ no quieren darse cuenta e que la monja tiene un registro indice hecho en la parroquia de cada una de las actas de los de la Vega? ¿ no quieren darse cuenta de que yo he estado en contacto con Sor Emilia durante la primera quincena entera de MArzo y de que cualquier fallo hubiera sido subsanado con la misma celeridad con la que me envio copia de las actas que yo no tenía y con los índices de los registros? ¿ no quieren darse cuenta de que a mi me da igual sacar solo las del pez, como sacar las de toda la familia Vega ?
(mensaje de 4 de mayo de 1997).

Yo no he dicho que el archivo diocesano este en el convento. He dicho que está en el mismo edificio. A ver si lees bien, colega ¿ y van...?
(...)
Yo no pisé el archivo diocesano. El libro, las actas...fotografíe todo en esa salita entre rejas que tanto te gusta. Y llegue cuando el Archivo ya cerraba sus dependencias. La propia Sor Emilia tuvo que interrumpir la reunión con los misioneros para ponerse manos a la obra y intentar buscar en los libros de Bautismos y defunciones.
(mensaje de 27 de abril de 1997).

Pues eso. Sobran comentarios.

Bueno... ¿y el resto de la investigación? ¿Fue tan emocionante como dice el artículo? Recordemos. El reportaje comienza con un Iker Jiménez que persigue incansablemente al párroco de Liérganes, D. Antonio Fernández. Encontrándolo por casualidad, consigue sonsacarle que las actas están "entre las húmedas paredes de un convento de clausura". ¿Lo recuerdan? Esto sucedía a las 16:05 horas del 7 de marzo. Desde allí sale zumbando para el convento, "apostando por aquella remota posibilidad de dar con las actas" (sic).

Dramático relato. Queda un tanto descolorido si tenemos en cuenta que la trascendental revelación del párroco se limitaba a explicar a Iker Jiménez que las actas se encontraban en su correspondiente archivo, como Dios manda (y nunca mejor dicho); claro que esto hubiese deslucido el reportaje. Y el artículo hubiese resultado aún menos dramático si Iker Jiménez hubiese revelado en la revista el detallito que se le escapa en el mensaje de 4 de mayo de 1997:
pues por una "coincidencia" yo llegue a saber el sitio exacto donde estban la actas..pero eso queda para mi. Faltaría más
Esa coincidencia... ¿es el tropiezo con el "esquivo párroco"? ¡Pues no! Iker Jiménez menciona en el mismo mensaje
la carta-copia que tengo del párroco Joaquin Lopez donde se explica la situación y detalles de las áctas dentro del registro
De modo que ya tenemos algunas conclusiones más: Que Iker Jiménez no violó en ningún momento la clausura del convento de las Clarisas, porque los documentos no estaban en el convento, sino en el Archivo Diocesano anexo al mismo. Que Iker Jiménez no supo del paradero de las actas gracias a su encuentro con el "esquivo párroco" (aunque quizá gracias a ese encuentro se enterase de dónde está el archivo diocesano de Santander). Y que la angustia con la que Iker Jiménez se dirigía al convento estaba "ligeramente" aminorada por el hecho de que el propio Iker Jiménez conocía con anterioridad la ubicación de las actas.



El acta de defunción... del caso del "hombre pez".

Hemos visto que el acta de bautismo no es de Francisco de la Vega. Que la nota en el acta de defunción donde se afirma que Francisco de la Vega era el "hombre pez" es muy posterior al acta. Que Iker Jiménez "descubrió" unas actas ya descubiertas y perfectamente descritas con anterioridad. Que el propio Iker Jiménez disponía de documentación que le indicaba la "situación y detalles" de las actas. Y que su relato de su investigación está... digamos que "un poco dramatizado".

¿Y quieren más datos? El propio Iker Jiménez menciona en su artículo que Francisco de la Vega contaba 16 años en 1672, cuando empezó a trabajar como aprendiz de carpintero. En esto sigue al Padre Feijoo, añito más, añito menos. Otras fuentes le dan una edad ligeramente mayor, de modo que Francisco de la Vega debió haber nacido, según esas cuentas, entre 1654 y 1657. Y sin embargo, el acta de bautismo es de octubre de 1658. En aquella época de atroz mortalidad infantil no se esperaba unos meses para bautizar a un recién nacido; mucho menos de uno a cuatro años.

Vamos ahora al acta de defunción. Menciona que han pasado cien años desde el nacimiento de los hermanos Francisco y José (Joseph) de la Vega, ausentes, por lo que cabe ya presumir su fallecimiento conforme a la normativa de la época. Y está fechada el 1 de diciembre de 1755.

Si el acta de bautismo hubiese correspondido a Francisco de la Vega, como pretende Iker, no habrían pasado los preceptivos cien años. Pero si, como cualquiera puede leer, corresponde en realidad a Juan de la Vega, cabe presumir que exista algún acta de bautismo del tal Francisco fechada allá por 1655 o incluso antes. Con lo cual nos cuadrarían todos los datos.

Incluyendo el más importante: que definitivamente, Iker Jiménez no demuestra la existencia del "hombre pez". Que sea por descuido, por torpeza o porque cree que una "imbestigación" tan pobre y traída de los pelos es más que suficiente para su público es cosa que deben evaluar ustedes.

Preferiblemente, una noche en la que estén cenando besugo...


Gatos negros


Seguro que en su municipio también pasa. Fíjese usted bien, ahora que estamos en campaña electoral: ¿a que algún partido ha pedido que se prohiban los gatos negros? ¿O, al menos, que se restrinja su presencia en las calles? Por la zona donde yo vivo, partidos aparentemente serios...

[Bueno, ya sé que todos los partidos son aparentemente serios, y que todos son serios sólo aparentemente, pero me refiero a que el disparate no viene del Partido del Mutuo Apoyo Romántico, el Partido de la Gente, el Grupo Político Honradez Absoluta Española, el Partido del Karma Democrático o la Alianza para el Desarrollo y la Naturaleza, por citar algunos grupos que no sólo existen realmente, sino que hasta consiguen algún que otro voto cuando se presentan a las elecciones. De verdad, que no me lo estoy inventando.]

Decía que por la zona donde yo vivo, partidos aparentemente serios han propuesto que se elabore un censo de gatos negros presentes en las poblaciones, que se impida que se instalen en ellas nuevos gatos negros, y hasta que se eliminen todos los que existan dentro del casco urbano, tolerándolos sólo en las montañas de los alrededores.

Incluso hay quien ha pedido que su pueblo sea declarado "zona libre de gatos negros", nada menos.

Y es que mucha gente comparte esa antigua superstición según la cual los gatos negros son terriblemente pelibrosos para la salud. De hecho muchos creen que de los gatos negros emanan unos efluvios que producen terribles efectos en las personas situadas en sus proximidades.

Y como suele ocurrir, la superstición es apoyada por los medios de comunicación. Cada dos por tres la prensa nos relata casos en los que los habitantes de un bloque de casas de Villaconejos de Arriba en el que se ha instalado un gato negro padecen una tasa inusualmente alta de enfermedades. Claro, si uno se fija mucho en la noticia se da cuenta de que las enfermedades en cuestión son tan heterogéneas que van desde diversos tipos de cáncer a jaquecas sin una causa concreta, pasando por casos de reúma o hipertensión. Por regla general, las noticias no aportan ningún dato que permita comprobar si en efecto la incidencia de estas enfermedades es mayor o menor que dos manzanas más allá, o si los enfermos las han contraído verdaderamente después de instalarse allí el gato negro. Pero esta escasez de detalles importantes contrasta con la profusión de tonterías que los inevitables "expertos" de turno nos contarán acerca de los campos emitidos por los gatos negros y sus consecuencias biológicas.

Claro, al final lo único que consiguen con todo eso es, en el mejor de los casos, añadir a la preocupación de los enfermos por sus enfermedades la angustia de creer que la causa de sus males sigue instalada en su azotea. En el mejor de los casos, porque en el peor -que de verdad haya una incidencia anormalmente alta de alguna enfermedad en el lugar- los numeritos sobre los gatos negros pueden dificultar la investigación para encontrar la verdadera causa del esa incidencia anormal.

Pero sea como sea, este tipo de supersticiones sigue tan extendida que, como comentábamos, muchos partidos políticos añaden en sus programas las correspondientes propuestas para limitar, prohibir e incluso erradicar a los... los...

¿He dicho "gatos negros"? Ah, perdón: quería decir "repetidores de telefonía móvil".

Aunque creo que se entiende bien, ¿no?

13 de abril de 2007

No identificado

Dijo alguien una vez que Internet mató a la estrella de los extraterrestres. Con toda la razón: como hemos dicho siempre los escépticos la mejor herramienta contra la superstición es la información, e Internet proporciona precisamente eso, un medio para intercambiar y divulgar información. Un medio que por supuesto sirve para que las historietas paranormales, los bulos pseudocientíficos y las chorradas magufas circulen con mayor rapidez. Pero que también sirve para que sus refutaciones y desmentidos sean conocidos por todo el mundo.

De modo que gracias a Internet (bueno, y a la profusión de cámaras digitales) son miles las fotos de supuestos fenómenos extraños las que circulan a diario por todo el mundo. Pero también gracias a Internet sólo los más crédulos, los más sinvergüenzas o los más crédulos y sinvergüenzas pueden seguir creyendo que los reflejos de flash son "orbs", "biones", "bolsones de neutrinos" (sic) o cualquier otra tontería paranormal al uso. Gracias a Internet, pasan pocas horas o como mucho días hasta que las fotos ovni más impresionantes se demuestran falsas.

¡Vaya! Si gracias a Internet, en algunas ocasiones hasta los más descarados vendedores de misterios tienen que dejar de intentar que nos traguemos sus ruedas de molino...

En fin, que Internet mató a la estrella de los extraterrestres... o casi. Porque a pesar de todo, aún aparecen imágenes misteriosas que desafían nuestros conocimientos convencionales.



P.S.: Por supuesto esto es un juego. El objeto brillante de la foto es perfectamente identificable, y de hecho está identificado. Pero como se trata de un juego, admito hipótesis o teorías. A ver quién se acerca más a la verdad.

Perdón: a la Verdad Que Nos Ocultan.


P.P.S.: Lo dicho: el misterio misterioso no ha llegado ni a siete horas. Aquí tienen ustedes el objeto brillante a plena luz del flash de la cámara...


28 de marzo de 2007

El manifiesto

Letras rojas, en negrita. Y un titular francamente acojonante:


Sin tu firma,
La Medicina Homeopática moderna corre peligro de extinción.

Así comienza un curioso Manifiesto (actualización: ahora puede consultarse aquícolgado en la red por Anthrosana en España, una no menos curiosa "asociación de pacientes para un sistema sanitario ampliado antroposóficamente", nada menos. Para quienes no sepan de qué va eso, la "medicina" antroposófica es una disciplina que supera ampliamente a la medicina convencional, ya que no sólo se ocupa de la salud de nuestro cuerpo físico, sino también la del cuerpo astral, el cuerpo etéreo, el alma y el ego. Y si ustedes nunca habían sospechado que tuvieran semejantes cosas, no se preocupen: su existencia está plenamente acreditada por el método habitual de este tipo de pseudociencias: porque lo dijo el fundador de la (no se rían) "Ciencia antroposófica", un tal Rudolf Steiner, que gracias a sus poderes clarividentes no necesitaba ocuparse de esas minucias del método científico, las evidencias y demás.

Con esas premisas no es raro que la medicina antroposófica esté ligada a otra superchería fruto de la "genial" inspiración de su inventor: la homeopatía de Friedrich Hahnemann, otro que pasaba también olímpicamente de la prosaica realidad. De hecho, la diferencia básica entre la homeopatía y la antroposofía es que esta última es una chifladura aún mayor, que ya es decir. Pero los antroposofistas practican con entusiasmo la homeopatía, la recomiendan y, como es el caso, la defienden.

Y de eso trata el manifiesto: de defender a una homeopatía sobre la que al parecer se ciernen negros nubarrones legislativos. De hecho, el texto asegura que

El
“PROYECTO DE REAL DECRETO DE REGISTRO DEL MEDICAMENTO”,
amenaza con abolir la Homeopatía desarrollada en los últimos 100 años.
Pacientes, Médicos y Productores se verán afectados.
Anthrosana-en-España ha tenido conocimiento, el 27 de febrero, del Borrador del mencionado Real Decreto que proyecta entrar en vigor a principios del verano 2007.
Por desgracia, las condiciones de registro que impone a los medicamentos homeopáticos mas modernos son tan altamente restrictivas, que será extraordinariamente difícil que pervivan, a corto plazo, ni siquiera una mínima parte del arsenal terapéutico actual.
Si no hay cambios en el borrador, sus consecuencias podrían ser:
- Desaparecerán todas las ampollas inyectables,
- Desaparecerán todos los medicamentos orales con más de un componente si alguno de sus componentes está en una potencia inferior a D4.
- Desaparecerán todos los preparados en potencia D4 o menor.
- Desaparecerán todas las vías de administración distintas de las orales o las externas,
- Los medicamentos homeopáticos en peligro, mencionados mas arriba, deberán someterse a un registro similar al de los fármacos químicos alopáticos; algo técnicamente inviable.


Terrible, ¿verdad?

Pero volveremos sobre eso más tarde, porque la gravedad del asunto no admite demoras. Y es que semejante despropósito, por supuesto, no puede acarrear sino terribles consecuencias, y el manifiesto se ocupa oportunamente de contárnoslas. A saber:


Un colectivo cada vez mayor de pacientes se verá afectado en un derecho fundamental: El de la libre elección de terapia.

Esta ley puede conllevar la suspensión de la producción de fármacos homeopáticos y antroposóficos. Los médicos complementarios se verán impedidos de ejercer su vocación.
Pacientes, productores y médicos se verán perjudicados.
Es un hecho inadmisible si tenemos en cuenta que son medicinas tradicionales con más de uno o dos siglos de antigüedad.


Bueno, en realidad esto último no es una consecuencia. Yo lo llamaría una mentira, a secas. En primer lugar, porque eso de considerarlas "medicinas tradicionales" por tener "más de uno o dos siglos de antigüedad" no parece muy serio, que digamos; lo suyo es que se presentasen como milenarias, etiqueta que da prestigio a toda clase de supercherías incluso mucho más recientes que las que defienden los autores del manifiesto. Y, en segundo lugar, porque el carácter "tradicional" o no de esas terapias no implica que su limitación o prohibición -si de verdad la hay- sea "inadmisible". Lo inadmisible sería, es, que se permita la práctica impune de terapias cuya efectividad es sencillamente nula.

Pero nos estamos distrayendo. Sigue diciendo el manifiesto que


Cómo entender a la Administración:
Este Real Decreto de registro de medicamentos está diseñado con el buen ánimo de fomentar un uso racional de los medicamentos y con la necesidad de la administración de garantizar la calidad, seguridad y eficacia de los mismos. No obstante, en su celo profesional, están dejando de lado terapias medicamentosas disponibles desde hace más de 100 años.
Además, las medidas restrictivas que impone esta Ley se extienden preventivamente a las medicinas del sector privado, candidatas a reclamar una futura cobertura oficial.
Y que
Negligencia de la Agencia del Medicamento:
El problema radica en la falta de consideración de los siguientes puntos:
A/ La autonomía de la voluntad del paciente;
B/ Los beneficios de estas Medicinas que son en resumen:
- Excelentes en el campo preventivo;
- Carentes de efectos secundarios, mejorando la calidad de vida;
- Ideales en el tratamiento de enfermedades crónicas y de muchas agudas.
C/ El verdadero ahorro sanitario debería consistir en un uso racional de los medicamentos y de los recursos diagnósticos. Un uso derivado de cultivar la relación del cultivo de la relación médico-paciente y de estimular que el acto diagnóstico no se delegue prematuramente “en las máquinas” sin haber aplicado antes el médico el famoso “ojo clínico” basado en la observación y experiencia. Ahí radica precisamente el potencial que ofrece la medicina complementaria. ¡Por eso generan un balance positivo en la relación costes-beneficios que conocen muy bien los países que las han incluido en la sanidad pública!

Ante lo cual los abajofirmantes formulan la siguiente petición (bueno, PETICION):


Con esta recogida de firmas solicitamos a la Administración Sanitaria la elaboración de un modelo de registro homeopático específico para los medicamentos no susceptibles de un registro simplificado, permitiendo a dichos medicamentos, que llevan décadas en el mercado español, poder seguir a disposición del paciente en el futuro.
Esto es aún más importante si se tiene en cuenta que, en contraste con otros países europeos, el enfermo español debe costearse privadamente estos medicamentos.
Desposeer al ciudadano de este derecho de adquisición es algo inaudito.
Opinamos que la tarea del Estado es salvaguardar la diversidad cultural y científica, siendo un garante democrático, y defendiendo la pluralidad en el campo de la salud, tal como lo estipula la Ley Orgánica del Derecho de Asociación, reflejo de la Constitución Española.
Es más: las estrategias de la OMS 2002/05 no cesan de estimular a los estados-miembro a fomentar el pluralismo terapéutico mediante la implantación de la medicina complementaria.
Por lo tanto, te invitamos a una movilización popular pidiéndote enérgicamente tu firma de apoyo. ¡Sin ella, la medicina complementaria y la antroposófica quedarán amenazadas de desaparecer en breve plazo!


Hasta aquí el manifiesto, que hemos reproducido en su integridad para que no digan que manipulamos o que ponemos en boca de otros lo que no han dicho. Bueno, y para regocijo y solaz de los lectores, que suelen reírse mucho con estas cosas.

Y a partir de aquí nuestra exégesis.

Como hemos visto, los "argumentos" para sostener la petición de "Anthrosana en España" son de lo más pintoresco. Así, por ejemplo, se insiste mucho en "la autonomía de la voluntad del paciente" o el "derecho fundamental" de "la libre elección de terapia", sin pararse a pensar que ni este borrador ni ningún otro coartan semejantes derechos: todo el mundo es libre de someterse a un tratamiento médico o bien confiar en el curanderismo pseudomédico que le dé la real gana, incluyendo la homeopatía o su variante más pintoresca, la "medicina antroposófica". O incluso no someterse a ningún tratamiento, que bien mirado viene a ser lo mismo que tomar potingues homeopáticos, pero al menos sale mucho más barato.

La normativa española sobre medicamentos no tiene nada que ver con eso, sino -en este aspecto concreto- con las condiciones que deben cumplir los productos que vayan a ser presentados -y por tanto prescritos y expedidos- como medicamentos. Por lo demás, si el hechicero de la tribu, el santero caribeño o, en fin, el "médico" antroposófico te dicen que para curarte tienes que tomarte determinados mejunjes, allá tú si les haces caso.

(Bueno, y por supuesto luego no te quejes).

En cuanto a los perjuicios para "pacientes, productores y médicos", no me cabe duda de que los fabricantes de productos homeopáticos sufrirían en su bolsillo la eventual prohibición o limitación del uso de estos mejunjes. Y seguro que pasaría otro tanto con quienes, siendo médicos o simplemente haciéndose pasar por tales, prescribiesen su uso. Pero a la vista de los estudios serios sobre este tema, los pacientes desde luego no saldrían perjudicados.

Pero todas estas consideraciones palidecen ante el problema que nos plantea el manifiesto. Y es que, como decía el texto, "el Proyecto de Real Decreto de Registro del Medicamento amenaza con abolir la homeopatía". ¿Es eso cierto? ¿Habrá rectificado la Ministra de Sanidad su aparente apoyo a esta pseudoterapia?

Veamoslo.

El "Proyecto de Real Decreto por el que se regula el procedimiento de autorización, registro y condiciones de dispensación de los medicamentos de uso humano fabricados industrialmente" (se acabó el título, ya pueden respirar) contiene en efecto una regulación específica de los productos homeopáticos, concretamente en sus artículos 54 a 57. Pero no les voy a largar todo el rollo; a efectos prácticos los artículos que nos interesan son el 54:


Artículo 54. Clases de medicamentos homeopáticos.


Los medicamentos homeopáticos podrán ser:
a) Con indicación terapéutica aprobada, cuyo procedimiento de autorización y registro, seguirá el establecido en el Capítulo II.
b) Sin indicaciones terapéuticas aprobadas, cuyo procedimiento de autorización y registro, será el simplificado especial de medicamentos homeopáticos, creado a tal efecto por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.


Y el 55:

Articulo 55. Criterios que han de cumplir los medicamentos homeopáticos para registrarse por el procedimiento simplificado especial.

Para obtener el registro simplificado de un medicamento homeopático se tendrán que cumplir las siguientes condiciones:
a) Que su vía de administración sea oral o externa.
b) Ausencia de indicación terapéutica particular en la etiqueta o en cualquier información relativa al medicamento.
c) Que su grado de dilución garantice la inocuidad del medicamento, en particular, el preparado no deberá contener más de una parte por 10.000 de tintura madre ni más de una centésima parte de la dosis mas baja que eventualmente se emplee en medicina alopática de aquellos principios activos cuya presencia en un medicamento
alopático implique la obligatoriedad de presentar receta médica.


Que en resumidas cuentas vienen a decir que los medicamentos homeopáticos con indicación terapéutica (es decir, aquellos que supuestamente curan alguna afección concreta) se someten al mismo régimen de garantía y control que los medicamentos de verdad. Incluyendo, por supuesto, la comprobación de si efectivamente tienen esos efectos terapéuticos.

En cambio, los productos homeopáticos que no tengan indicación terapéutica se someterán a un régimen simplificado que les exime de la obligación de demostrar que realmente sirvan para algo.

¿Les ha quedado claro? Pues si no es así, léanlo de esta otra manera:


Para la autorización de los medicamentos homeopáticos con indicación terapéutica aprobada, se seguirá el procedimiento establecido en el Real Decreto 767/1993, de 21 de mayo, por el que se regula la evaluación, autorización, registro y condiciones de dispensación de especialidades farmacéuticas y otros medicamentos de uso humano fabricados industrialmente.


Y

Para la autorización de los medicamentos homeopáticos sin indicación terapéutica aprobada se seguirá el procedimiento de registro que se establece en este artículo siempre que cumplan todas las condiciones siguientes:
a) Que su vía de administración sea oral o externa.
b) Ausencia de indicación terapéutica particular en la etiqueta o en cualquier información relativa al medicamento.
c) Que su grado de dilución garantice la inocuidad del medicamento; en particular, el preparado no deberá contener más de una parte por 10.000 de tintura madre ni más de la centésima parte de la dosis más baja que eventualmente se emplee en medicina alopática de aquellos principios activos cuya presencia en un medicamento alopático implique la obligatoriedad de presentar receta médica.

¿Qué? ¿Que es lo mismo? Pues no, no es lo mismo. Dice lo mismo, pero las dos últimas citas son los artículos 4.1 y 5.1 del vigente Real Decreto 2208/1994, por el que se regulan los medicamentos homeopáticos de uso humano de fabricación industrial. En enlace, por cierto, corresponde al texto que se reproduce como anexo al excelente monográfico sobre la homeopatía elaborado por ARP-Sociedad para el Avance del Pensamiento Crítico.
De modo que, volviendo al manifiesto, lo que de verdad temen estos tipos es que siga en vigor una regulación legal que, aun siendo demasiado permisiva, a ellos les parece insuficiente. Al fin y al cabo, como decían ellos, el borrador del Decreto prevé que -como teóricamente ocurre ahora- los productos homeopáticos con diluciones inferiores a 1/10000 o cuyo uso no sea estricamente oral o externo


deberán someterse a un registro similar al de los fármacos químicos alopáticos


Es decir: deberán demostrar que sirven para algo más que transferir el dinero desde el bolsillo de los pacientes al de los terapeutas y los fabricantes de mejunjes homeopáticos. Algo que, dicen, es "técnicamente inviable".

Algo que, creo yo, es precisamente lo que habría que exigir a toda sustancia o artilugio de los que se asegure que tienen propiedades terapéuticas o curativas.

Y que, a falta de esa regulación que de verdad velase por el uso racional del medicamento, la norma exige para la mayoría de los supuestos medicamentos homeopáticos. Pero me temo que el hecho de que estos pirados de Anthrosana no se hayan dado cuenta dice mucho respecto al grado de cumplimiento de la Ley, ¿no?

22 de marzo de 2007

La sentencia de marras

Nota: No sé muy bien por qué, pero en su día esta entrada se quedó archivada como "borrador". Lamento el retraso.

Bueno, pues la web del Consejo General del Poder Judicial ha hecho pública por fin la famosa Sentencia del caso de la curandera absuelta porque su estafa no era una estafa. Aquí tienen el enlace por si tienen curiosidad.

Por cierto, una nota importante: Por aquello de la privacidad es costumbre omitir los apellidos de las personas citadas en las resoluciones, pero el Centro de Documentación Judicial va más allá, y además emplea un sistema automático que cambia los nombres de pila. De modo que no se extrañen ustedes de que, a pesar de que la curandera se llame realmente Nuria Montero Gallardo, se la cite como "Consuelo".

Y que, ejem, la Sentencia mencione varias veces a "Paloma" en lugar de "amparo"...